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Documento BOE-A-1991-3998

Corrección de errores de la Orden de 9 de enero de 1991 por la que se establecen programas de actuación en favor de los emigrantes.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 1991, páginas 5367 a 5367 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1991-3998
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1991/01/09/(5)/corrigendum/19910215

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 19, de fecha 22 de enero de 1991, páginas 2202 a 2228, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

El artículo 2, punto 2, línea dos, donde dice: «... una vez transcurrido dos años...», debe decir: «... una vez transcurridos dos años...».

En el mismo punto del citado artículo 2, línea ocho, donde dice: «... la ayuda o cuando...», debe decir: «... la ayuda, cuando...».

En el artículo 3, apartado a), en la línea dos, donde dice: «... entrada y salida de los visados...», debe decir: «... entrada, salida y visados...».

En el artículo 6, línea cuatro, donde dice: «... cofinaneiadas dicho Fondo...», debe decir: «... cofinanciadas por dicho Fondo».

En el artículo 16, apartado c), línea tres, donde dice: «... en el artículo...». debe decir. «... en el artículo 13».

En el artículo 28, línea dos, donde dice: «... del artículo 36.I...». debe decir: «del artículo 27.I...».

En el artículo 36, apartado b), línea dos, donde dice: «... con ellos en el extrajero...», debe decir. «... con ellos en el extranjero...».

En el artículo 37, punto 2, línea cuatro, donde dice: «... para obtener una especilización...», debe decir: «... para obtener una especialización...».

En el artículo 40, línea seis, donde dice: «... estuddos...», debe decir «... estudios...».

En el artículo 49, apartado a), línea primera, donde dice: «... dirigida el Director...», debe decir: «... dirigida al Director...».

En el artículo 59, punto 7, línea primera, donde dice: «... trasladar a éstas...», debe decir: «... trasladar a éstos...».

En el artículo 77, línea segunda, donde dice: «... segundo grados», debe decir «... segundo grado...».

En el artículo 90, línea segunda, donde dice: «... haberse realizado la gira...», debe decir: «... haberse realizado la actividad...».

En el artículo 98, punto 2, línea diez, donde dice: «... de Emigración serán de cuantía variable...», debe decir «... de Emigración será de cuantía variable...».

En este mismo punto del artículo 98, en la última línea, donde dice: «... en el programa de esta Orden...», debe decir: «... en el programa 14 de esta Orden...».

En el artículo 112, línea cuatro, donde dice: «... fechacientes...», debe decir: «... fehacientes...».

En el artículo 114, línea tres, donde dice: «... Sociedades de beneficiencia...», debe decir: «... Sociedades de Beneficencia».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 15/02/1991
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 25 de marzo de 1993 (Ref. BOE-A-1993-9416).
  • Fecha de derogación: 11/04/1993
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 9 de enero de 1991 (Ref. BOE-A-1991-1742).
Materias
  • Becas
  • Comunidades Autónomas
  • Cultura
  • Desempleo
  • Dirección General del Instituto Español de Emigración
  • Emigración
  • Empleo
  • Enseñanza Universitaria
  • Extranjeros
  • Formación profesional
  • Subvenciones
  • Trabajadores

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