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Documento BOE-A-1992-5899

Resolución de 3 de marzo de 1992, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, sobre delegación de atribuciones en materia subvenciones del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 11 de marzo de 1992, páginas 8365 a 8365 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1992-5899
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1992/03/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL ARTICULO 17.1 DE LA LEY 31/1991, DE 30 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1992, ESTABLECE QUE LOS SECRETARIOS DE ESTADO EJERCERAN, RESPECTO DE LAS UNIDADES QUE SE LE HAYAN ADSCRITO, LAS ATRIBUCIONES QUE EL ARTICULO 81.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA ATRIBUYE A LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES Y A LOS PRESIDENTES O DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.

LAS CARACTERISTICAS PROPIAS DE DETERMINADAS SUBVENCIONES QUE SE OTORGAN PARA LA EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO ACONSEJAN DELEGAR LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS AL SECRETARIO DE ESTADO, EN EL MENCIONADO PRECEPTO, EN EL ORGANO RESPONSABLE DE LA GESTION DE AQUELLAS.

EN SU VIRTUD, ESTA SECRETARIA DE ESTADO, EN USO DE SUS FACULTADES, HA ACORDADO LO SIGUIENTE:

PRIMERO. SIN PERJUICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS EN EL SECRETARIO DE ESTADO DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION Y EN EL DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNICA POR LA ORDEN DE 2 DE MARZO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 4), MODIFICADA EN SU ARTICULO QUINTO POR LA ORDEN DE 9 DE MAYO DE 1991 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 15), Y DE LO PREVENIDO EN EL PARRAFO SEGUNDO DEL ARTICULO 81.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA.

SE DELEGAN EN EL SECRETARIO GENERAL DEL PLAN NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO LAS COMPETENCIAS ATRIBUIDAS AL SECRETARIO DE ESTADO DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION EN EL PARRAFO PRIMERO DEL ARTICULO 81.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, MODIFICADO POR EL ARTICULO 17.1 DE LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1992, EN MATERIA DE SUBVENCIONES O AYUDAS RELATIVAS A ACCIONES DEL PLAN NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO, CUYA GESTION ESTE ATRIBUIDA A LA SECRETARIA GENERAL DEL PLAN NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO.

SEGUNDO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 3 DE MARZO DE 1992. EL SECRETARIO DE ESTADO, JUAN MANUEL ROJO ALAMINOS.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/03/1992
  • Fecha de publicación: 11/03/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/1992
  • Fecha de derogación: 03/03/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 81.3 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
  • CITA:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Investigación científica
  • Ministerio de Educación y Ciencia
  • Secretaría de Estado de Universidades e Investigación
  • Secretaría General del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico
  • Subvenciones

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