Advertidas erratas en la inserción del mencionado Acuerdo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de fecha 27 de diciembre de 1991, páginas 41629 a 41634, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo XIII, Tarifas, apartado 8, línea cinco donde dice: «regulares de fletamento ...», debe especificarse: «regulares o de fletamento ...».
En el mismo artículo antes mencionado, apartado 9, última línea, donde dice: «por procedimiento cualquiera.», debe decir: «por un procedimiento cualquiera.» .
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