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Documento BOE-A-1992-8425

Corrección de errores del Real Decreto 176/1992, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos taurinos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 1992, páginas 12945 a 12946 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1992-8425
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1992/02/28/176/corrigendum/19920415

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del anexo del Real Decreto 176/1992, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos taurinos, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 56, de fecha 5 de marzo, se procede a efectuar a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 7572, primera columna, artículo 3.º, punto 3, tercera línea, donde dice: «... de los participantes si no acreditan la vigencia...», debe decir: «... de los participantes quienes no acrediten la vigencia...».

En la página 7572, primera columna, artículo 4.°, punto 1, tercera línea, donde dice: «... acompañará por este la documentación...», debe decir: «... acompañará la documentación.,.».

En la página 7572; segunda columna, artículo 9°, punto 2, párrafo segundo, última línea, donde dice: «... con anterioridad hubieren estado inscritos en las Secciones Primera y Segunda», debe decir: «... con anterioridad hubieren estado inscritos en las Secciones Primera o Segunda».

En la página 7573, primera columna, artículo 19.5, segunda línea, donde dice: «... posible adaptarlas a las disposiciones...», debe decir: «... posible la adaptación a las disposiciones...».

En la página 7573, segunda columna, artículo 24.5, tercera línea, donde dice: «... categoría de los mismos que...», debe decir: «... categoría de los que...».

En la página 7574, primera columna, artículo 29.2, b), segunda y tercera líneas, donde dice: «... para el fin a que está dedicada y dotada de los elementos...», debe decir: «... para el fin a que está dedicada y se encuentra dotada de los elementos...».

En la página 7575, segunda columna, artículo 37.5, primera y segunda líneas, donde dice: «... que los distinga de las demás...», debe decir: «... que los distinga de los demás...».

En la página 7575, segunda columna, artículo 39, sexta línea, donde dice: «... se habrá de procurar que se trate siempre de personas idóneas...», debe decir: «... se habrá de procurar que se trate de personas idóneas...».

En la página 7576, primera columna, capítulo primero. Características de las reses de lidia donde dice: «... 1», debe decir: «... artículo 45.1».

En la página 7576, primera columna, artículo 47.1, tercera línea, donde dice: «... categoría de la plaza, peso y las características...», debe decir: «... categoría de la plaza, así como el peso y las características...».

En la página 7577, primera columna, artículo 56.3, primera línea, donde dice: «Los horarios...», debe decir: «Los honorarios..:».

En la página 7577, primera columna, artículo 58.1, cuarta línea, donde dice: «... la lidia o los extremos señalados...», debe decir: «... la lidia o sobre los extremos señalados...».

En la página 7577, segunda columna, artículo 60.6, tercera línea, donde dice: «.. la previa homologación...», debe decir: «... la previa aprobación...».

En la página 7578, segunda columna, artículo 65.2, segunda línea, donde dice: «... negras tendrán el palo de color negro...», debe decir: «... negras tendrán el palo con una funda de color negro...».

En la página 7578, segunda columna, artículo 66.1, cuarta y quinta líneas, donde dice: «... estarán provistos...», debe decir: «... estarán provistas...».

En la página 7578, segunda columna, artículo 67.3, primera línea, donde dice: «... procederá a la homologación...», debe decir: «... procederá a la aprobación...».

En la página 7578, segunda columna, artículo 69.2, primera línea, donde dice: «Las farpar...», debe decir:. «Las farpas...».

En la página 7578, segunda columna, artículo 69.4, cuarta y quinta líneas, donde dice: «... en un cabo de hierro de hasta 20 centímetros...», debe decir: «... en un cabo de hasta 20 centímetros...».

En la página 7580, primera columna, artículo 84.1, primera línea, donde dice: «Los trofeos...», debe decir: «Los premios o trofeos...».

En la página 7580, primera columna, artículo 84.2, primera línea, donde dice: «Los trofeos...», debe decir: «Los premios o trofeos...».

En la página 7580, segunda columna, artículo 85.4, primera línea, donde dice: «... si el diestro hubiera sido premiado...», debe decir: «... si el diestro fuera premiado...».

En la página 7581, primera columna, artículo 90.5, tercera y cuarta líneas, donde dice: «... rejones de muerte, de los cuales no podrá clavar más de tres ni podrá echar pie a tierra...», debe decir: «... rejones de muerte, sin que pueda echar pie a tierra...».

En la página 7581, segunda columna, articulo 93.4, quinta línea, donde dice: «... auxilio a los participantes y control de trato...», debe decir: «... auxiliar a los participantes y controlar el trato...».

En la página 7582, segunda columna, articulo 95.6, segunda línea, donde dice: «... que actuará como Secretaría de la Comisión...», debe decir: «... que actuará como Secretaría de la misma...».

En la pagina 7582, segunda columna, artículo 97, tercera línea, donde dice: «... celebración. de una corrida se reducirán...», debe decir: «... celebración de una corrida de toros o un espectáculo de rejoneo de toros se reducirán...».

En la página 7583, anexo II, donde dice: «Línea blanca modular», debe decir: «Línea blanca medular...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 15/04/1992
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero (Ref. BOE-A-1996-4945).
  • Fecha de derogación: 03/03/1996
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 176/1992, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-1992-5248).
Materias
  • Corridas de toros
  • Espectáculos

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