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Documento BOE-A-1993-12138

Orden 45/1993, de 30 de abril, por la que se aprueban y se anulan normas militares y se relacionan las normas UNE que dejan de tener carácter de obligado cumplimiento para las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 1993, páginas 13855 a 13855 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1993-12138
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/04/30/45

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.1.1 del Reglamento de Normalización Militar y 4.24 del Manual de Normalización Militar, aprobados por Orden del Ministerio de Defensa 40/1989, de 26 de abril, y Orden de la Presidencia del Gobierno de 28 de julio de 1967 (<Boletín Oficial del Estado> números 106 y 203, respectivamente), dispongo:

Primero.-Se aprueban las normas militares siguientes:

1. Conjuntas EMA.-De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.

NM-C-65 EMA (1. R) Certificado médico.

NM-S-370 EMA (1. R) Sulfato de laurilo de sodio.

NM-D-2660 EMA (1. Eda.) Descensor.

NM-C-2661 EMA (1. Eda.) Cuerda auxiliar de 5 milímetros.

NM-A-2670 EMA (1. Eda.) Atalaje de escalada.

NM-B-2720 EMA Brújulas para actividades de montaña.

NM-T-2721 EMA Tiempos y temperaturas de incubación en el control de calidad microbiológica en las conservas en las FAS.

NM-U-2722 EMA Util multiusos.

La primera revisión a la norma NM-C-65 EMA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 1 de diciembre de 1960 (<Boletín Oficial del Estado> número 288).

La primera revisión a la norma NM-S-370 EMA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 25 de enero de 1965 (<Boletín Oficial del Estado> número 21).

Las primeras enmiendas a las normas NM-D-2660 EMA, NM-C-2661 EMA y NM-A-2670 EMA forman parte de las mismas, aprobadas por Orden del Ministerio de Defensa, de fecha 25 de febrero de 1991 (<Boletín Oficial del Estado> número 56).

2. Conjuntas EA.-De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra y en el Ejército del Aire.

NM-CH-2719 EA Chaquetón de campaña.

3. Particulares A.-De obligado cumplimiento en el Ejército del Aire.

NM-C-2656 A (1. R) Color gris aviación de pinturas brillantes para vehículos militares de representación y servicio en el Ejército del Aire.

NM-E-2723 A Esmalte sintético brillante color gris aviación de secado al aire para vehículos militares de representación y servicio del Ejército del Aire.

NM-G-2724 A Gorra trabajo especialistas.

La primera revisión de la NM-C-2656 A anula la edición anterior de la misma, aprobada por Orden del Ministerio de Defensa, de fecha 11 de octubre de 1990 (<Boletín Oficial del Estado> número 252).

4. Normas de obligado cumplimiento para la Guardia Civil.

NM-B-2720 EMA Brújulas para actividades de montaña.

NM-T-2721 EMA Tiempos y temperaturas de incubación en el control de calidad microbiológica de las conservas en las Fuerzas Armadas.

NM-S-370 EMA (1. R) Sulfato de laurilo de sodio.

NM-C-65 EMA (1. R) Certificado médico.

Segundo.-Se anulan las normas militares y el carácter de obligado cumplimiento de las normas UNE siguientes:

1. Normas militares (NM) a anular.

NM-C-2679 E Camisa interior de invierno.

2. Normas UNE.

2.1 Para el Ejército de Tierra y la Armada:

UNE 5012 53 Equivalencia entre las unidades de cantidad de calor y de energía.UNE 5013 51 Presión. Definiciones. Unidades.

UNE 5014 52 Notación y unidades en la termodinámica y en la termotecnia.

UNE 15001 64 Máquinas-herramienta. Conceptos.

UNE 15010 1R 60 Clasificación de las máquinas-herramienta.

UNE 15411 52 Terminología de las máquinas-herramienta. Tornos de cilindrar y de roscar.

UNE 15412 64 Dirección y sentido de los movimientos de las máquinas-herramienta. Tornos de cilindrar y de roscar.

UNE 15413 1R 64 Tornos de cilindrar y de roscar. Definiciones.

UNE 15421 64 Terminología de las máquinas-herramienta. Tornos-revólver.

UNE 15422 52 Dirección y sentido de los movimientos de las máquinas-herramienta. Tornos revólver.

2.2 Para la Armada y el Ejército del Aire.

UNE 51507 57 Combustible para motores diésel marinos. Gas-oil.

2.3 Para el Ejército de Tierra.

UNE 51001 66 Determinación del peso específico con aerómetro.

2.4 Para la Armada.

UNE 15511 57 Terminología de las máquinas-herramienta. Taladradoras fijas. Taladradoras fijas.

UNE 15512 57 Dirección y sentido de los movimientos de las máquinas-herramienta. Taladradoras fijas.

UNE 15513 57 (2) Recepción de máquinas-herramienta. Taladradoras fijas. Pruebas prácticas.

UNE 15513 57 (1) Recepción de máquinas-herramienta. Taladradoras fijas. Verificación geométrica.

UNE 15521 57 Terminología de las máquinas-herramienta. Taladradoras radiales.

UNE 15611 57 Terminología de las máquinas-herramienta. Fresadora horizontal.

UNE 51031 66 Vapores explosivos de <fuel-oil> para quemadores.

UNE 51073 65 Punto de enturbiamiento y cristalización de los líquidos para brújulas.

UNE 51507 57 Combustible para motores diésel marinos. <Gas-oil>.

UNE 51509 57 Gasolina para automotores de guerra.

UNE 51515 57 Líquidos de brújulas para aviación.

Madrid, 30 de abril de 1993.

GARCIA VARGAS

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/04/1993
  • Fecha de publicación: 10/05/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ANULAN las ediciones anteriores de las normas se anula la Edición Anterior de la norma Mencionada, por Orden de 7 de junio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-14622).
Referencias anteriores
  • ANULA las ediciones anteriores de las normas:
  • DE CONFORMIDAD con:
    • apartado 4.1.1 del Reglamento aprobado por Orden 40/1989, de 26 de abril (Ref. BOE-A-1989-10004).
    • apartado 4.24 del Manual aprobado por Orden de 28 de julio de 1967 (Ref. BOE-A-1967-13300).
  • CITA Orden 19/1991, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-1991-6199).
Materias
  • Fuerzas Armadas
  • Normalización militar

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