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Documento BOE-A-1993-12978

Orden de 11 de mayo de 1993 por la que se modifican las monedas de 5, 10, 25, 100, 200 y 500 pesetas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 1993, páginas 15067 a 15068 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1993-12978
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/05/11/(4)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 10/1975, de 12 de marzo, de regulación de laMoneda Metálica, según redacción dada por la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, y por la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, atribuye al Ministerio de Economía y Hacienda la competencia para determinar las monedas que en cada momento compongan el sistema metálico y sus correspondientes valores faciales. Asimismo, le corresponde acordar la emisión y acuñación de moneda metálica y, en particular, sus características y el importe máximo de la misma, que deberá admitirse entre particulares en concepto de medio de pago,

Este Ministerio, de acuerdo con lo expuesto y haciendo uso de sus atribuciones, ha tenido a bien disponer:

Primero.-Se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de 5, 10, 25, 50, 100, 200 y 500 pesetas.

Segundo.-Las características de las monedas a acuñar: Composiciones, pesos, formas y diámetros son las mismas que las del sistema monetario vigente.

Tercero.-Las leyendas y motivos de los anversos y reversos para estas monedas serán los siguientes:

Moneda de 5 pesetas:

En el anverso, en su lado izquierdo, la efigie de Santiago Apóstol vestido de peregrino. En la parte superior, el texto <Jacobeo'93>. En la inferior la palabra <ESPAÑA>.

En el reverso, en el lado izquierdo, un botafumeiro y la marca de Ceca. En la parte superior la cifra del valor <5> y la abreviatura de pesetas <PTAS>. En el centro, la marca de Ruta Jacobea del Consejo de Europa. La zona inferior se encuentra ocupada por <1993>.

Moneda de 10 pesetas:

En el anverso, en su lado izquierdo, la efigie de Miró en 3/4 a la derecha. En la derecha la firma del artista.

En el reverso, en la parte izquierda, la cifra del valor <10>. A la derecha la abreviatura de pesetas <PTAS> y el año <1993>. En la parte inferior la marca de Ceca y la palabra <ESPAÑA>. Todo ello en grafismos característicos del artista.

Moneda de 25 pesetas:

En el anverso, en la zona superior, aparece la palabra <ESPAÑA> y debajo de ella el año <1993>. En la parte inferior se ven representadas las estatuas llamadas <Peine del Viento> ubicadas en San Sebastián.

En el anverso, en la parte superior izquierda, se halla la cifra del valor <25> y la abreviatura de la pesetas <PTAS>. En la parte superior derecha se halla el texto <PAIS VASCO> y debajo la marca de Ceca. En la zona inferior se encuentra la Universidad de Oñate.

Moneda de 50 pesetas:

En el anverso, en la parte superior izquierda, aparece la palabra <ESPAÑA>. A la derecha el año <1993>. Ocupando todo el semicírculo inferior se halla el puente de Alcántara.

En el reverso, en la parte superior izquierda, la palabra <EXTREMADURA>. A la derecha la cifra del valor <50> y la abreviatura de pesetas <PTAS>. En el centro ventana de la Casa de los Chávez Calderón. En la zona inferior izquierda la marca de Ceca.

Moneda de 100 pesetas:

En el anverso, en el centro, la marca de la Ruta Jacobea del Consejo de Europa. Rodeándola, las estrellas emblemáticas de la CEE, el texto <CAMINO DE EUROPA> y el año <1993>.

En el reverso, en la parte superior izquierda, el texto <CAMINO DE SANTIAGO>. En el centro, la cifra del valor <100> y la palabra <PESETAS>. En las zonas inferior y derecha un plano de las Rutas Jacobeas a través de Francia y España hasta Santiago de Compostela. En la parte más inferior la palabra <ESPAÑA>. En la zona derecha la marca de Ceca.

Moneda de 200 pesetas:

En el anverso, en su centro, se encuentra representada la figura de Luis Vives y en su parte izquierda el escudo de Valencia. Rodeándola, en la moldura en caracteres incusos, en la parte superior la leyenda <JUAN LUIS VIVES>, y en la parte inferior las fechas <1492-1540>.

En el reverso, en la parte superior de la moldura se encuentra el texto <ESPAÑA 1993> y en la parte inferior el texto <200 PESETAS>. Ocupando la zona central se halla una representación alegórica de las herramientas de trabajo del personaje significadas en un libro, una pluma y un tintero, y la palabra <SAPIENTIA>. En la parte superior izquierda la marca de Ceca.

Moneda de 500 pesetas:

En el anverso figurarán, en el lado derecho, las efigies superpuestas de SS.MM. los Reyes, Don Juan Carlos y Doña Sofía. En el lado izquierdo, en círculo, el texto <JUAN CARLOS I Y SOFIA>. En la parte inferior y en el mismo círculo, el año de acuñación, todo ello dentro de una moldura heptagonal curva.

En el reverso figurará, en el lado izquierdo, el escudo nacional, en la parte superior derecha se halla una figura con incorporación de dos imágenes superpuestas y la marca de Ceca. Debajo en la parte derecha, la cifra del valor <500> y la palabra <PESETAS>. En el exergo, la palabra <ESPAÑA>. Todos los motivos irán dentro de una moldura heptagonal curva.

Cuarto.-Las referidas monedas se acuñarán por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que las entregará al Banco de España a medida que lo permita su capacidad de fabricación, procediendo el Banco a su puesta en circulación con aplicación de lo dispuesto en las Ordenes de 15 de julio de 1982 y de 4 de agosto de 1986 (<Boletín Oficial del Estado> de 5 de agosto de 1982 y de 7 de agosto de 1986, respectivamente).

Quinto.-La fecha inicial de emisión es el año 1993.

Sexto.-Estas monedas serán admitidas en las Cajas públicas sin limitación y, entre particulares, hasta 50 pesetas, las de 5, 100 pesetas las de 10, 250 pesetas las de 25, 500 pesetas las de 50, 1.000 pesetas las de 100, 2.000 pesetas las de 200 y 5.000 pesetas las de 500, cualquiera que sea la cuantía del pago.

Séptimo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 11 de mayo de 1993.

SOLCHAGA CATALAN

Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España e Ilmos. Sres. Director general del Tesoro y Política Financiera y Director de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/05/1993
  • Fecha de publicación: 19/05/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 20/05/1993
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 234, de 30 de septiembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-23975).
Referencias anteriores
Materias
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Moneda

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