Contingut no disponible en valencià
El Tribunal Constitucional, por auto de 15 de diciembre actual, ha acordado tener por desistido al Consejo Ejectivo de la Generalidad de Cataluña del conflicto positivo de competencia número 652/1988, promovido por el citado Consejo, en relación con los artículos 4.2 y 5.2 del Real Decreto 1492/1987, de 25 de noviembre, por el que se regulan las funciones de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo y se dictan normas para la tramitación de solicitud de ayudas, y declarar terminado este proceso constitucional, continuando la tramitación del conflicto positivo de competencia 630/1988, que fue promovido por el Gobierno Vasco.
Madrid, 15 de diciembre de 1992.—El Presidente del Tribunal Constitucional, RODRIGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid