El Tribunal Constitucional, por auto de 1 de junio actual, ha acordado tener por desistido al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña del conflicto positivo de competencia registrado con el número 1.761/88, planteado en relación con el Real Decreto 679/1988, de 25 de junio, por el que se regula el ejercicio de la Pesca de Arrastre en el Mediterráneo, y declarar ter-minado el proceso, continuando la tramitación del conflicto positivo de competencia número 1.479/1988, que promovió el Gobierno en relación con el Decreto de la Generalidad de Cataluña 81/1988, de 10 de marzo.
Madrid, 1 de junio de 1993.—El Presidente del Tribunal Constitucional,
RODRIGUEZ PIÑERO Y BRAVO-FERRER
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