El Tribunal Constitucional, por auto de 13 de julio actual, ha acordado levantar la suspensión que afecta a los artículos 2.°, 39, 4.° y 5.° de la Ley de las Cortes de Aragón 10/1992, de 4 de noviembre, sobre fianzas de arrendamientos y otros contratos, suspensión que se dispuso por providencia de 2 de marzo de 1993 recaí-da en el recurso de inconstitucionalidad número 472/1993, que fue promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Madrid, 13 de julio de 1993.—El Presidente del Tribunal Constitucional, RODRIGUEZ-PIÑERO Y BRAVO FERRER
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