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El Tribunal Constitucional, por auto de 21 de septiembre actual, ha acordado tener por desistido al Presidente del Gobierno de la prosecución del recurso de inconstitucionalidad número 2199/92, que había pro-movido contra el artículo 103.1, la disposición adicional decimotercera y la disposición transitoria primera de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 6/1992, de 14 de mayo, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y declarar terminado el proceso.
Madrid, 21 de septiembre de 1993.—El Presidente del Tribunal Constitucional, Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer.
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