Contido non dispoñible en galego
El Tribunal Constitucional, por auto de 21 de septiembre actual, ha acordado tener por desistido al Presidente del Gobierno de la prosecución del recurso de inconstitucionalidad número 2199/92, que había pro-movido contra el artículo 103.1, la disposición adicional decimotercera y la disposición transitoria primera de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 6/1992, de 14 de mayo, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y declarar terminado el proceso.
Madrid, 21 de septiembre de 1993.—El Presidente del Tribunal Constitucional, Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer.
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