El Tribunal Constitucional, por auto de 10 de noviembre actual, ha acordado el levantamiento de la suspensión de la vigencia de los artículos 40; 41, apartados a), b), c), d), e) y g); 43.3; 44; 45; 46; 47 y 48 y por conexión, los artículos 112.10, 11 y 12; 113.6 y 7; y 120.3 y 18, de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus hábitats, cuya suspensión se dispuso por providencia de 29 de junio de 1993, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio de 1993 y recaída en el recurso de inconstitucionalidad número 1997/1993, planteado por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Madrid, 10 de noviembre de 1993.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer.
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