En virtud de lo establecido en el Estatuto del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos, aprobado por Real Decreto 1766/1991, de 31 de diciembre,
Esta Dirección General resuelve:
Primero.-Queda suspendida temporalmente la delegación en los Jefes provinciales de Correos y Telégrafos de las funciones previstas en los apartados c), d), e), f) y del j), las que, en relación con el personal laboral sean análogas a las anteriormente mencionadas, del punto tercero de la Resolución de 18 de abril de 1994.
Segundo.-La delegación indicada en el punto anterior quedará concentrada en el Subdirector general de Gestión de Personal del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos.
Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 14 de septiembre de 1994.-El Director general, Luis Egusquiza Manchado.
Sres. Subdirector general de Gestión de Personal, Inspector general de Correos y Telégrafos, Directores territoriales y Jefes provinciales.
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