El proceso constitucional abierto en Andorra llevó a que cayese en desuso la celebración de reuniones de la Comisión Interministerial Permanente para los valles de Andorra durante los últimos años. La conclusión de este proceso con la aprobación de la nueva Constitución y del Tratado de Buena Vecindad, Amistad y Cooperación entre el Reino de España, la República Francesa y el Principado de Andorra y la normalización de las relaciones que ha traído consigo han modificado, sustancialmente, las bases de nuestra relación bilaterial.
Por otra parte, la creación de una Embajada en Andorra por Real Decreto 852/1993, de 4 de junio, desde la que se lleva a cabo la necesaria coordinación horizontal del conjunto de las relaciones entre Andorra y España ha hecho perder definitivamente su objeto a la Comisión Interministerial Permanente para los valles de Andorra.
En su virtud, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:
Artículo único.
Se suprime la Comisión Interministerial Permanente para los Valles de Andorra.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas las Ordenes de 17 de diciembre de 1953 y de 23 de julio de 1957 y cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en esta Orden.
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 20 de octubre de 1994.
SOLANA MADARIAGA
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y Embajador de España en Andorra la Vella.
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