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Documento BOE-A-1995-16527

Real Decreto 1169/1995, 7 de julio, por el que se modifica la estructura orgánica del Centro Superior de Información de la Defensa.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1995, páginas 20923 a 20924 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-16527
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1995/07/07/1169

TEXTO ORIGINAL

La experiencia en el desempeño de sus funciones por parte del Centro Superior de Información de la Defensa ha puesto de manifiesto la necesidad de proceder a la realización de una modificación de la estructura orgánica del citado organismo, a fin de mejorar su funcionamiento y el adecuado desarrollo de sus actividades.

Específicamente, se considera necesaria la creación de un nuevo órgano, la Secretaría General, dependiente de la Dirección General del Centro, a fin de que preste la debida asistencia al órgano superior del organismo, particularmente en la coordinación con los restantes órganos que lo integran.

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Defensa, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de julio de 1995,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Creación de la Secretaría General del Centro Superior de Información de la Defensa.

Se crea la Secretaría General del Centro Superior de Información de la Defensa, dependiente de la Dirección General del organismo. Su titular tendrá categoría de Director general.

Artículo 2. Funciones de la Secretaría General.

Corresponde a la Secretaría General del Centro Superior de Información de la Defensa la asistencia al Director general en el ejercicio de sus funciones, en particular en la coordinación de los órganos del Centro. Sustituirá al Director general en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.

Por el Ministerio de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias precisas para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Real Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 7 de julio de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones Públicas,

JUAN LERMA BLASCO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/07/1995
  • Fecha de publicación: 08/07/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 08/07/1995
  • Fecha de derogación: 11/05/2002
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 436/2002, de 10 de mayo (Ref. BOE-A-2002-9161).
  • SE MODIFICA el art. 1 en cuanto se oponga, por Real Decreto 1396/1996, de 7 de junio (Ref. BOE-A-1996-13006).
Materias
  • Centro Superior de Información de la Defensa
  • Ministerio de Defensa
  • Organización de la Administración del Estado

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