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Documento BOE-A-1995-17628

Corrección de errores de la Ley 4/1995, de 20 de abril, del Crédito Cooperativo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 1995, páginas 22502 a 22502 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-1995-17628
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ex/l/1995/04/20/4/corrigendum/19950721

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto de la Ley 4/1995, de 20 de abril, del Crédito Cooperativo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 128, de fecha 30 de mayo de 1995, se procede a su oportuna rectificación:

En la página 15721, primera columna, artículo 27, apartado a), donde dice: «a) A dotar al Fondo de Reserva Obligatorio, al menos, con un 15 por 100», debe decir: «a) A dotar al Fondo de Reserva Obligatorio, al menos, con un 20 por 100.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/07/1995
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 2/1996, de 30 de mayo BOE-A1996-23837.
  • Publicada en el DOE núm. 67, de 8 junio de 1995.
  • Fecha de derogación: 17/07/1996
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 4/1995, de 20 de abril (Ref. BOE-A-1995-12745).
Materias
  • Cajas Rurales
  • Cooperativas de crédito
  • Extremadura

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