Contenu non disponible en français
Advertidos errores en la publicación de la Orden de 18 de diciembre de 1995 por la que se fija el contravalor en pesetas de la unidad de cuenta europea (ECU), a los efectos de la aplicación de las franquicias aduaneras y de las exenciones del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondientes a las importaciones de bienes con ocasión de matrimonio, importaciones de bienes de escaso valor, importaciones de bienes en régimen de viajeros, importaciones de pequeños envíos y entregas de bienes efectuadas a viajeros en tiendas libres de impuestos con ocasión de un viaje intracomunitario, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 1, de fecha 1 de enero de 1996, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 5, segunda columna, número tercero, letra a), donde dice: «90 ECUs = 14.600 pesetas», debe decir: «90 ECUs = 14.900 pesetas».
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid