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Documento BOE-A-1996-24019

Corrección de erratas en la Resolución de 2 de agosto de 1996, de la Dirección General de Trabajo y Migraciones, por la que se dispone la publicación del Convenio Colectivo de la «Compañía Transmediterránea, Sociedad Anónima» y su personal de tierra.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 31 de octubre de 1996, páginas 33097 a 33097 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-24019
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/08/02/(4)/corrigendum/19961031

TEXTO ORIGINAL

Advertidas erratas en el texto del Convenio Colectivo citado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de agosto de 1996, se transcribe a continuación las oportunas correcciones:

Artículo 5. Comisión Paritaria, párrafo segundo, donde dice: «La comisión estará compuesta por seis representantes de los trabajadores y seis de la empresa», debe decir: «La comisión estará compuesta por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de la empresa».

Artículo 7. Clasificación del personal, principio de polivalencia, donde dice: «...le ordenen sus superiores dentro de los generales cometidos propios de su competencia profesional», debe decir: «...le ordenen sus superiores dentro de los generales cometidos propios de su grupo profesional».

Artículo 37. Traslados, apartado d., desplazamientos temporales, párrafo primero, donde dice: «Los desplazamientos temporales se efectuarán de conformidad con lo siguiente», debe decir: «Los desplazamientos se efectuarán de conformidad con lo siguiente».

Apartado d.1, donde dice: «Las necesidades del servicio que den lugar a desplazamientos temporales», debe decir: «Las necesidades temporales del servicio que den lugar a desplazamientos temporales».

Disposición adicional primera, párrafo segundo, donde dice: «El incremento se abonará con efectos de 1 de enero de 1993 y servirá de base», debe decir: «El incremento se abonará con efectos de 1 de enero de 1996 y servirá de base».

Tabla salarial 1996, Islas/Ceuta y Melilla, Conductor de Camión, columna P. Resi x 12, donde dice: «18.425», debe decir: «18.205».

Oficial segunda Taller, columna S. base x 16, donde dice: «93.399», debe decir: «98.399».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 31/10/1996
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 2 de agosto de 1996 (Ref. BOE-A-1996-19855).
Materias
  • Compañía Trasmediterránea
  • Convenios colectivos

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