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Homologados por el Consejo de Universidades los planes de estudio para la obtención de los títulos de Licenciado en Química, Ingeniero técnico Industrial, especialidad en «Mecánica», Ingeniero técnico Industrial, especialidad en «Electricidad», e Ingeniero técnico Industrial, especialidad en «Electrónica Industrial», mediante acuerdo de su Comisión Académica de fecha 25 de septiembre de 1995, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10, apartado 2, del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre,
Esta Presidencia de la Comisión Gestora ha resuelto publicar los planes de estudio de Licenciado en Química, Ingeniero técnico Industrial, especialidad en «Mecánica», Ingeniero técnico Industrial, especialidad en «Electricidad», e Ingeniero técnico Industrial, especialidad en «Electrónica Industrial», que quedan estructurados conforme figura en el siguiente anexo.
Jaén, 10 de enero de 1996,-P. D., el Vicerrector de Ordenación Académica, Rafael Perea Carpio.
En suplemento aparte se publica el anexo correspondiente
(ANEXO OMITIDO)
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