De acuerdo con lo dispuesto en los apartados 4.1.1 del Reglamento de Normalización Militar y en los apartados 1.53, 4.21 y 4.24 del Manuel de Normalización Militar, aprobados por Orden del Ministerio de Defensa 40/1989, de 26 de abril, y Orden de la Presidencia del Gobierno, de 28 de julio de 1967 («Boletín Oficial del Estado» número 106 y 203), respectivamente, dispongo:
Primero.-Se aprueban las Normas Militares siguientes:
1. Conjuntas EMA: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.
NM-P-2778 EMA / Pólvoras de base nitrocelulosa. Disolución para análisis de componentes. Método de acetona/agua.
NM-T-2781 EMA / Termómetros ordinarios.
NM-B-2782 EMA / Barómetro de mercurio tipo tonnelot.
NM-B-2783 EMA / Barómetro aneroide.
NM-T.2784 EMA / Termómetros de máxima y mínima.
NM-S-285 EMA 2ªR / Sulfametazina.
NM-H-364 EMA 2ªR / Hexógeno.
NM-L-776 EMA 2ªR / Libros de registro de entrada y salida de correspondencia.
NM-C-1031 EMA 1ªR / Certificado médico de defunción.
NM-D-2169 EMA 2ªR / Dinitrotolueno para pólvoras y explosivos.
NM-C-2562 EMA 1ªR / Cartilla de vacunaciones FAS.
La segunda revisión a la Norma NM-S-285 EMA anula la edición anterior de dicha Norma, aprobada por Orden del Ministerio de defensa 70/1989, de 20 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» número 225).
La segunda revisión a la Norma NM-H-364 EMA anula la edición anterior de dicha norma, aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 42/1992, de 28 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 134).
La segunda revisión a la Norma NM-L-776 EMA anula la edición anterior de dicha norma, aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1990, de 10 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 100).
La primera revisión a la Norma NM-C-1031 EMA anula la edición anterior de dicha norma, aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno de 8 de enero de 1974 («Boletín Oficial del Estado» número 12).
La segunda revisión a la Norma NM-D-2169 EMA anula la edición anterior de dicha norma, aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1993, de 26 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 60).
La primera revisión a la Norma NM-C-2562 EMA anula la edición anterior de dicha norma, aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 37/1989, de 21 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102).
2. Conjuntas MA: De obligado cumplimiento en la Armada y el Ejército del Aire.
NM-C-2779 MA / Cantimplora con vaso y funda.
NM-I-2223 MA 2ªR / Impresos reglamentarios para el lanzamiento de armas submarinas.
La segunda revisión a la Norma NM-I-2223 MA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 56/1991, de 1 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 189).
3. Conjuntas EA: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra y en el Ejército del Aire:
NM-A-2691 EA 1ªR / Aparato de rescate de personas en avalancha.
La primera revisión a la Norma NM-A-2691 EA anula la edición anterior de dicha norma, aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 42/1992, de 28 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 134).
4. Particulares M: De obligado cumplimiento en la Armada:
NM-C-2780 M / Compases magnéticos para buques.
NM-S-98 M 2ªR / Sextante tipo guardiamarina, condiciones de recepción.
NM-T-2729 M 1ªR / Tienda.
La segunda revisión a la NM-S-98 M anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 48/1987, de 27 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 224).
La primera revisión a la norma NM-T-2729 M anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 108/1993, de 29 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 286).
5. Normas de obligado cumplimiento para la Guardia Civil:
NM-P-2778 EMA / Pólvoras de base nitrocelulósica. Disolución para análisis de componentes. Métodos de acetona/agua.
NM-C-2779 MA / Cantimplora con vaso y funda.
NM-C-2780 M / Compases magnéticos para buques.
NM-S-98 M 2ªR / Sextante tipo guardiamarina. Condiciones de recepción.
NM-S-285 EMA 2ªR / Sulfametazina.
NM-H-364 EMA 2ªR / Hexógeno.
NM-C-1031 EMA 1ªR / Certificado médico de defunción.
NM-D-2169 EMA 2ªR / Dinitrotolueno para pólvoras y explosivos.
NM-C-2562 EMA 1ªR / Cartilla de vacunaciones FAS.
NM-A-2691 EA 1ªR / Aparato de rescate de personas en avalancha.
Segundo.-Se anulan las Normas Militares y el carácter obligado cumplimiento de las Normas INTA siguientes:
1. Normas Militares (NM) a anular:
1.1 Para Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.
NM-M-856 EMA / Mezclas anticorrosivas lubricantes para motores de aviación.
NM-A-1084 EMA / Aceite lubricante protector para motores de combustión interna.
NM-F-1109 EMA (1ªR) / Fluido hidráulico de base petrolífera para artillería y otros usos.
NM-A-1127 EMA / Aceite lubricante hidrófugo, para uso a bajas temperaturas.
NM-D-2336 EMA / Disulfuro de molibdeno en polvo, como lubricante.
1.2 Para el Ejército de Tierra y la Armada.
NM-P-60 EM / Pizarra para cubiertas condiciones de recepción.
NM-P-477-EM / Probetas graduadas para laboratorio.
NM-P-512 EM / Pipetas para laboratorio.
NM-C-2377 EM / Compatibilidad e intercambialidad de aceites lubricantes. Ensayos.
NM-C-2611 EM / Compatibilidad e intercambialidad de aceites lubricantes. Definiciones.
1.3 Para el Ejército de Tierra:
NM-M-384 EM / Muestrario-tipo de colores para tejidos.
NM-C-2226 E / Camisa de paseo manga corta.
1.4 Para la Armada:
NM-P-077 M (2ªR) / Polvorines. Distancias de seguridad.
NM-P-0079 M (2ªR) / Polvorines. Incompatibilidad de almacenamiento entre las diferentes clases de pólvoras y explosivos.
NM-C-273 M (1ªR) / Correaje de lona para Infantería de Marina.
NM-A-276 M (1ªR) / Armamento. Fundas de lona para pistola de 9 milímetros.
NM-M-279 M / Mochilas de espalda.
1.5 Para el Ejército del Aire:
NM-Z-718 A (1ªR) / Zapatos negros tipo mocasín.
2. Normas INTA.
2.1 Para el Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.
INTA 154312 / Aceite lubricante para engrase general a baja temperatura.
INTA 157111 A / Fluido hidráulico de base petrolífera (para aviación, misiles y artillería).
2.2 Para el Ejército del Aire.
INTA 154271 / Aceite lubricante protectivo para motores de combustión interna.
INTA 158713 A / Inhibidor de corrosión soluble en combustibles.
Madrid, 14 de febrero de 1996.
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