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Documento BOE-A-1997-12850

Orden de 2 de junio de 1997 por la que se aprueban las fichas de Intervención para la actuación de los servicios operativos en situaciones de emergencia provocadas por accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 1997, páginas 18153 a 18154 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-12850
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/06/02/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 74/1992, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (TPC), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero de 1992, establece en su disposición adicional séptima que la Orden del Ministerio del Interior de 23 de octubre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de noviembre), por la que se aprobaron las «Instrucciones para la actuación de los servicios de intervención de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera», será revisada para adaptar su contenido a los avances tecnológicos y la experiencia resultante de su aplicación.

Por otra parte, el incremento de este tipo de transportes más allá de las fronteras de los propios Estados, dentro del espacio europeo, como consecuencia de la libre circulación de bienes y mercancías dentro del territorio de la Unión Europea, puso de manifiesto la necesidad de abordar esta revisión de forma conjunta, a fin de que la intervención en caso de accidentes tuviera un tratamiento homogéneo en los diferentes países comunitarios.

Para cubrir esta necesidad, el Consejo Europeo de la Industria Química (CEFIC), con el apoyo técnico y financiero de la Comisión Europea, ha elaborado unas fichas de intervención en situaciones de emergencia, denominadas ERIC'S Cards (Emergency Response Intervention Cards), que han puesto a disposición de las autoridades competentes de los distintos Estados miembros de la Unión Europea.

Las citadas fichas van dirigidas a los servicios de intervención en situaciones de emergencia y recogen información relativa a las materias que figuran en el apéndice B5 del Acuerdo Europeo del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR). Las mismas han sido adaptadas para su utilización en nuestro país, incorporando la experiencia acumulada en los últimos años, mediante el trabajo conjunto de la Dirección General de Protección Civil, la Comisión de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas y la Federación Española de la Industria Química.

Por otra parte, se ha considerado conveniente incorporar información relativa a las principales materias de la clase 1 «materias y objetos explosivos» y la clase 7 «materias radiactivas», para lo que se han elaborado también las fichas correspondientes, en colaboración con las principales empresas expedidoras y, en el caso de la clase 7, con el asesoramiento del Consejo de Seguridad Nuclear.

Estas fichas de intervención, que son complementarias de las fichas de seguridad o instrucciones escritas, dirigidas a los conductores, a las que se refiere el artículo 4.2 del Reglamento Nacional del Transporte de Mercancías Peligrosas, se han elaborado, por tanto, teniendo en cuenta toda la información disponible, tanto a nivel nacional como internacional, y se hace necesario proceder a su aprobación a fin de que principalmente los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento, así como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policías autónomas y cualquiera de los restantes servi cios de intervención previstos en los planes especiales de protección civil ante el riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas puedan disponer de criterios homogéneos de actuación en los accidentes en los que deban intervenir.

Dada la estructura de estas fichas de intervención que, en general, incluyen información común para un grupo de sustancias, su contenido no debe entenderse, en ningún caso, sustitutivo del asesoramiento que pueda ser prestado por los profesionales expertos en cada materia o de las fuentes de información específicas contempladas en las diferentes bases de datos actualmente existentes y de prestigio internacional reconocido.

En su virtud, previo el informe favorable de la Comisión de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, dispongo:

Artículo único.

Se aprueban las fichas de intervención para la actuación de los servicios operativos en situaciones de emergencia provocadas por accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera, que se recogen en el anexo de la presente Orden.

Disposición adicional.

Las citadas fichas de intervención serán revisadas cuando proceda a fin de adaptar su contenido a los avances tecnológicos y a la experiencia adquirida en el tiempo resultante de su aplicación.

Las modificaciones que resulten aplicables deberán ser aprobadas y publicadas previo informe de la Comisión de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.

Disposición derogatoria.

Queda derogada la Orden del Ministerio del Interior de 23 de octubre de 1985, por la que se aprueban las fichas de intervención en situaciones de emergencia para los Servicios de Intervención en Accidentes en el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de junio de 1997.

MAYOR OREJA

(En suplemento aparte se publica el anexo

correspondiente)

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/06/1997
  • Fecha de publicación: 13/06/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 14/06/1997
  • Fecha de derogación: 08/10/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden de 23 de octubre de 1985 (Ref. BOE-A-1985-22889).
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento aprobado por Real Decreto 74/1992, de 31 de enero (Ref. BOE-A-1992-4256).
  • CITA Acuerdo de 30 de septiembre de 1957 (Ref. BOE-A-1997-12505).
Materias
  • Accidentes
  • Mercancías
  • Mercancías peligrosas
  • Protección Civil
  • Transportes terrestres

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