Por Acuerdo de 18 de octubre de 1997, se establece en el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico el sistema de anticipo de Caja fija regulado por el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, disponiéndose asimismo la distribución del importe del anticipo entre las cajas y pagadurías del organismo.
Para lograr una adecuada eficacia y celeridad en la gestión de los gastos a tramitar por este sistema de pago, se considera conveniente delegar la facultad que me confiere el artículo 3.5 del citado Real Decreto, en los Jefes de las Unidades Administrativas de los que dependen las cajas y pagadurías.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 3.5 del Real Decreto 75/1989,
Acuerdo conferir las siguientes delegaciones:
En los Jefes provinciales y locales de Tráfico, en los Coroneles Jefes de la Plana Mayor de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, Jefatura de Material y Escuela de Tráfico y en los Capitanes de los Subalternos de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, la facultad que me otorga el artículo 3.5 del Real Decreto 725/1989, de ordenar los pagos no presupuestarios correspondientes a los anticipos de Caja fija.
Siempre que se actúe en uso de las delegaciones conferidas por la presente Resolución, se indicará expresamente esta circunstancia y los actos administrativos que se realicen se considerarán adoptados por el Director general de Tráfico.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos Muñoz-Repiso Izaguirre.
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