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Documento BOE-A-1997-2824

Cuestión de inconstitucionalidad número 47/1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 1997, páginas 4269 a 4269 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1997-2824

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 47/1997, planteada por el Juzgado de Instrucción número 3 de San Sebastián, respecto del artículo 1.2.º y números 1.º y 7.º del apartado primero del Anexo que introduce la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, en el texto que refunde el Decreto 632/1968, de 21 de marzo, de la Ley 122/1962, de 24 de diciembre, que, según la mencionada disposición adicional, hoy es la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, por su posible contradicción con los artículos 1.1, 9.2, 9.3 y 14 de la Constitución.

Madrid, 28 de enero de 1997.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 28/01/1997
  • Fecha de publicación: 10/02/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la incontitucionalidad y nulidad de lo indicado del anexo, por Sentencia 181/2000, de 29 de junio (Ref. BOE-T-2000-14342).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad art. 1.2 y núms. 1 y 7 del apartado Primero del Anexo de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de Vehiculos a Motor, texto refundido aprobado por Decreto 632/1968, de 21 de marzo , en la redacción dada por la disposición adicional 8 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1968-454).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Indemnizaciones
  • Responsabilidad Civil
  • Seguros de vehículos de motor
  • Vehículos de motor

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