De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en el apartado 2 del artículo 10 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre,
Este Rectorado, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, ha resuelto ordenar la publicación del acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades de fecha 17 de diciembre de 1996, por el que se homologa la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Licenciado en Ciencias de la Información, rama de Periodismo, en relación al párrafo final del punto 2 del anexo de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 202, de fecha 24 de agosto de 1989 (página 27296), que quedará redactado conforme se indica:
Se exceptúa de la anterior exigencia la asignatura obligatoria de «Lengua Inglesa», cuyo nivel elemental-medio puede acreditarse antes de finalizar los estudios de Ciencias de la Información.
La Laguna, 20 de enero de 1997.-El Rector, Matías López Rodríguez.
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