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Documento BOE-A-1998-13836

Orden de 3 de junio de 1998 por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas conmemorativas de la Exposición Universal Lisboa 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 1998, páginas 19451 a 19452 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-13836
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/06/03/(5)

TEXTO ORIGINAL

En este año 1998, tendrá lugar en Lisboa la última Exposición Universal que se celebre en este siglo, con el lema «Los Océanos, un patrimonio para el futuro». Lisboa 98 contará con la participación de 145 países, entre ellos España, cuya historia en cuanto a su vinculación con el mar ha corrido de forma paralela a la del país vecino. Ante la celebración de dicho evento, este Ministerio dispone la acuñación de una moneda cuya temática conmemore la citada Exposición.

La Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artícu lo 81, autoriza con carácter general, a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a acuñar y comercializar monedas conmemorativas y especiales de todo tipo. En la misma disposición se establece que la acuñación y venta de monedas serán acordadas por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, que fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales, el límite máximo, y las fechas iniciales de emisión, así como los precios de venta al público.

En su virtud, este Ministerio, haciendo uso de sus atribuciones, ha tenido a bien disponer:

Primero. Acuerdo de emisión.

Se acuerda para el año 1998, la emisión, acuñación y puesta en circulación de una moneda conmemorativa de la Exposición Universal Lisboa 1998.

Segundo. Características de la pieza.

La pieza a acuñar tendrá las siguientes características:

Primera y única pieza.

Moneda de 1.000 pesetas de valor facial (4 reales, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre).

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 13,50 gramos, con una tolerancia en más o menos de 0,20 gramos.

Diámetro: 33 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso, figura la efigie de S.M. El Rey, don Juan Carlos I; rodeándola, la leyenda «Juan Carlos I Rey de España» y a continuación el año de acuñación, 1998, entre dos puntos.

En el reverso, aparece cubriendo el campo central de la moneda una imagen del buque escuela Juan Sebastián de Elcano sobre unas ondas que semejan el mar; por encima del buque aparece la marca de Ceca, y a la derecha de ésta el logotipo de la Sociedad Estatal «Lisboa'98, Sociedad Anónima», realizado por el diseñador Roberto Turégano, y que representa una ola creciente que evoca el protagonismo del agua en el origen mismo de la vida en la Tierra; debajo de dicho logotipo figura la leyenda Expo'98, subrayada, y debajo la inscripción «LISBOA»; a la derecha del logotipo y en sentido circular de arriba a abajo, figura la leyenda «JUAN SEBASTIÁN DE ELCANO»; a la izquierda del buque, y en sentido circular de abajo a arriba aparece la cifra de valor de la moneda, 1000 y a continuación, en mayúsculas, la abreviatura de pesetas.

Tercero. Número máximo de piezas.

El número máximo de piezas a acuñar será de 50.000.

Cuarto. Fecha inicial de emisión.

La fecha inicial de emisión será el primer semestre del año 1998.

Quinto. Acuñación y puesta en circulación.

Las referidas monedas se acuñarán por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que las entregará al Banco de España. Dada la naturaleza de estas piezas, que se comercializarán como a continuación se indica, se entregarán de nuevo por el Banco de España a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, contra pago de su valor facial que será abonado al Tesoro.

Sexto. Proceso de comercialización.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre procederá a la comercialización de estas monedas, tanto en colecciones como aisladamente, por sí o a través de entidades contratadas al efecto, que se comprometerán a expenderlas al público con regularidad, así como a su exportación.

Séptimo. Precio de venta al público.

El precio inicial de la moneda será de 2.500 pesetas, excluido el IVA.

El precio de venta al público podrá ser modificado mediante Orden del Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, como consecuencia de las oscilaciones que se produzcan en las cotizaciones oficiales de los metales preciosos utilizados en su fabricación.

Octavo. Medidas para la aplicación de esta Orden.

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera adoptará las medidas que resulten precisas para la aplicación de esta Orden, actuando como órgano de consulta una Comisión de Seguimiento, integrada por los representantes de la citada Dirección General, del Banco de España y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Noveno. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de junio de 1998.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España e Ilmos. Sres. Director general del Tesoro y Política Financiera y Presidente-Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/06/1998
  • Fecha de publicación: 12/06/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 13/06/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 162, de 8 de julio de 1998 (Ref. BOE-A-1998-16308).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
Materias
  • Monedas conmemorativas

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