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Documento BOE-A-1998-27614

Orden de 23 de octubre de 1998 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento, por cambio de domicilio, del Centro privado concertado de Educación Especial denominado «Padre Vinjoy», de Oviedo (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 1998, páginas 39402 a 39402 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-27614

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido a instancia de don Adolfo Rivas

Fernández, en representación de la "Fundación Padre Vinjoy", titular del

Centro privado concertado de Educación Especial denominado "Padre Vinjoy",

en solicitud de cambio de domicilio de la avenida del Cristo, 48, a la

calle General Elorza, número 67, ambas en Oviedo (Asturias),

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro privado

de Educación Especial, quedando constituido de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Especial.

Denominación específica: "Padre Vinjoy".

Provincia: Asturias.

Municipio: Oviedo.

Localidad: Oviedo.

Domicilio: Calle General Elorza, 67.

Titular: "Fundación Padre Vinjoy".

Capacidad:

Una unidad de Educación Infantil.

Una unidad de Educación Básica.

Una unidad de Formación Profesional Especial.

El centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre

de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de octubre), por la que se

establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa

de los alumnos con necesidades especiales.

Segundo.-Autorizar la extinción de la autorización, por cambio de

domicilio, del centro privado concertado de Educación Especial,

denominado "Padre Vinjoy", domiciliado en avenida del Cristo, número 48,

de Oviedo (Asturias), debiendo causar baja en el Registro de Centros

Docentes.

Tercero.-El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación

NBE-CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los

Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el

día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de

conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley Reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956

y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Madrid, 23 de octubre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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