Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-8914

Real Decreto 433/1998, de 20 de marzo, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 1998, páginas 12439 a 12441 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-8914
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1998/03/20/433

TEXTO ORIGINAL

El artículo 28 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, dispone que el

Gobierno, a propuesta del Consejo de Universidades, establecerá los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como las directrices gene-

rales de los planes de estudios que deban cursarse para su obtención y homologación. Asimismo, por Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, modificado por los Reales Decretos 1267/1994, de 10 de junio; 2347/1996, de 8 de noviembre, y 614/1997, de 25 de abril, se establecieron las directrices generales comunes, que aparecen definidas en el propio Real Decreto como aquellas que son de aplicación a todos los planes de estudios conducentes a cualquier título universitario de carácter oficial.

Vertebrada, pues, la reforma académica a través de las previsiones contenidas en el citado Real Decreto 1497/1987, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del mismo, se trata ahora de establecer, a propuesta del Consejo de Universidades, el título universitario oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél. La adecuación de las directrices generales propias al marco fijado por el Real Decreto 1497/1987 debe garantizar la necesaria coherencia y homogeneidad del modelo académico universitario.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo de 1998,

D I S P O N G O :

Artículo único.

Se establece el título universitario de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética, que tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como las correspondientes directrices generales propias de los planes de estudios que deben cursarse para su obtención y homologación y que se contienen en el anexo.

Dado en Madrid a 20 de marzo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

ANEXO

Directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención del título oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética

1.a Las enseñanzas conducentes al título oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética deberán proporcionar una formación adecuada en las bases teóricas y en las técnicas de elaboración de los regímenes alimenticios adecuados a la nutrición humana.

2.a 1. Los planes de estudios que aprueben las Universidades deberán articularse como enseñanzas de primer ciclo, con una duración de tres años. Los distintos planes de estudio conducentes al título oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética determinarán, en créditos, la carga lectiva global que, en ningún caso, podrá ser inferior a ciento ochenta ni superior al máximo de créditos que para los estudios de primer ciclo permite el Real Decreto 1497/1987.

2. La carga lectiva establecida en el plan de estudios oscilará entre veinte y treinta horas semanales, incluidas las enseñanzas prácticas. En ningún caso, la carga lectiva de la enseñanza teórica superará las quince horas semanales.

3.a En cuadro adjunto se relacionan las materias troncales de obligatoria inclusión en todos los planes de estudios conducentes al título oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética, con una breve descripción de sus contenidos, los créditos que deben corresponder a las enseñanzas, así como la vinculación de las mismas a una o más áreas de conocimiento.

Las Universidades asignarán la docencia de las materias troncales y/o las correspondientes disciplinas o asignaturas y, en su caso, sus contenidos a Departamentos que incluyen una o varias de las áreas de conocimiento a que las mismas quedan vinculadas, según lo dispuesto en el citado cuadro adjuntDiplomado en Nutrición Humana y Dietética

Créditos / Materias / Áreas de conocimiento / T / P / T

Primer ciclo

ALIMENTACIÓN Y CULTURA

Psicología y Sociología del comportamiento alimentario. Técnicas de comunicación. Antropología e Historia. / 3 / 1,5 / 4,5 / Antropología Social. Nutrición y Bromatología. Psicología Básica. Sociología. Tecnología de los Alimentos. Historia de la Ciencia.

BIOQUÍMICA

Estructura. Enzimología. Metabolismo. Biología molecular. / 6 / 1 / 7 / Bioquímica y Biología Molecular.

BROMATOLOGÍA Y TECNOLOGÍA

DE LOS ALIMENTOS

Materias primas. Productos alimenticios. Calidad. Composición, propiedades y valor nutritivo. / 8 / 4 / 12 / Nutrición y Bromatología. Tecnología de los Alimentos.

DEONTOLOGÍA

Derecho alimentario. Legislación. Normalización. Deontología. / 4,5 / 0 / 4,5 / Derecho Administrativo. Filosofía del Derecho. Filosofía Moral. Nutrición y Bromatología. Toxicología. Medicina Legal y Forense.

DIETÉTICA

Dietotécnica. Alimentación individual y colectiva en las edades de la vida. Manejo de tablas de composición de alimentos. Equilibrio alimentario. Planificación de menús. / 6 / 6 / 12 / Enfermería. Nutrición y Bromatología.

DIETOTERAPIA

Planificación de dietas terapéuticas. Seguimiento ambulatorio de dietas. Alimentación hospitalaria. Nutrición enteral y parenteral. Educación nutricional del enfermo. / 6 / 3 / 9 / Nutrición y Bromatología. Enfermería. Medicina. Pediatría.

ECONOMÍA Y GESTIÓN ALIMENTARIA

Organización de empresas y servicios de alimentación. Sistemas de distribución y consumo de alimentos en centros sanitarios y colectividades. / 3 / 1,5 / 4,5 / Enfermería. Organización de empresas. Economía Aplicada.

ESTRUCTURA Y FUNCIÓN DEL CUERPO HUMANO

Citología. Histología. Embriología. Anatomía. Fisiología. / 6 / 3 / 9 / Biología celular. Ciencias morfológicas. Fisiología.

FISIOPATOLOGÍA

Fisiopatología general. Fisiopatología médica. Fisiopatología quirúrgica. Patología nutricional. / 4,5 / 0 / 4,5 / Fisiología. Medicina. Pediatría. Cirugía.

HIGIENE DE LOS ALIMENTOS

Microorganismos y parásitos relacionados con alimentos. Higiene del personal, productos y procesos. Toxicología básica y experimental. Contaminación abiótica de alimentos. Intoxicaciones alimentarias. / 10 / 6 / 16 / Microbiología. Nutrición y Bromatología. Parasitología. Tecnología de los alimentos. Toxicología. Legislación sanitaria.

NUTRICIÓN

Concepto. Factores. Necesidades nutricionales. Valoración nutricional en individuos y comunidades. Encuestas alimentarias. / 6 / 2 / 8 / Nutrición y Bromatología. Medicina. Pediatría. Fisiología.

QUÍMICA APLICADA

Bases químicas de los procesos biológicos y sus aplicaciones en alimentación. / 4 / 2 / 6 / Bioquímica y Biología Molecular. Ingeniería Química. Química Analítica. Química Física. Química Orgánica. Química Inorgánica.

SALUD PÚBLICA

Servicios de Salud. Salud Pública y Alimentación. / 4,5 / 0 / 4,5 / Medicina Preventiva y Salud Pública. Enfermería.

TECNOLOGÍA CULINARIA

Técnicas culinarias básicas. Cocina de colectividades. Técnicas culinarias para dietoterapia. / 3 / 3,5 / 6,5 / Nutrición y Bromatología. Tecnología de los alimentos.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/03/1998
  • Fecha de publicación: 15/04/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 05/05/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el anexo, por Real Decreto 371/2001, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2001-8155).
  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 110 de 8 de mayo de 1998 (Ref. BOE-A-1998-10721).
Referencias anteriores
Materias
  • Nutrición Humana y Dietética
  • Planes de estudios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid