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Documento BOE-A-1998-9015

Resolución de 25 de marzo de 1998, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta de 5 de marzo de 1998 en la que se contiene la revisión salarial del Convenio Estatal de Empresas Organizadoras del Juego del Bingo.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 1998, páginas 12547 a 12547 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-9015
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/03/25/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido del acta de fecha 5 de marzo de 1998, en la que se contiene la revisión salarial del Convenio Estatal de Empresas Organizadoras del Juego del Bingo ("Boletín Oficial del Estado" de 20 de enero, código de Convenio número 9901905), que fue suscrita por la Comisión Paritaria del citado Convenio, compuesta por CJE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por USO, UGT y CC. OO., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 25 de marzo de 1998.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO ESTATAL DE EMPRESAS ORGANIZADORAS DEL JUEGO DEL BINGO

ACTA

En Madrid, a 5 de marzo de 1998.

Reunida la Comisión Paritaria negociadora del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas Organizadoras del Juego del Bingo, y vistas las diferencias existentes entre los documentos suscritos por las partes y el texto publicado en el "Boletín Oficial del Estado", acuerdan suscribir la presente acta, con objeto de remitir para su publicación el texto siguiente:

"Esta Comisión Paritaria, teniendo en cuenta el compromiso adquirido por las partes para sustituir la fórmula de "plus convenio", la situación económica del sector, las peticiones de descuelgue formuladas por distintas empresas motivadas por su situación económica, acuerda:

1.o La tabla salarial a aplicar durante 1997 será la publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 20 de enero de 1998.

2.o La tabla salarial a aplicar para el año 1998, de conformidad con los acuerdos adoptados por las partes negociadoras, será la siguiente:

Tablas convenio

1997 / 1998 / Concepto

Salario anual / 1.360.498 / 1.414.918

Salario mensual / 90.700 / 94.328

Pagas extras / 90.700 / 94.328

Plus transporte:

Anual / 59.462 / 60.654

Mensual (11 meses) / 5.406 / 5.514

Personal limpieza / 80 / 82

Quebranto moneda:

Mensual (11 meses) / 1.871 / 1.908

Anual / 20.582 / 20.994

Horas extras:

Técnicos de mesa / 1.515 / 1.545

Técnicos de sala / 1.281 / 1.307

Mantenimiento / 1.067 / 1.088

Prolong. jornada:

Técnicos de mesa / 3.937 / 4.016

Técnicos de sala / 3.700 / 3.774

Resto personal / 3.162 / 3.225

Plus nocturnidad:

Mensual (12 pagas) / 9.000 / 9.180."

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/03/1998
  • Fecha de publicación: 15/04/1998
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 23 de diciembre de 1997 (Ref. BOE-A-1998-1145).
Materias
  • Bingo
  • Convenios colectivos
  • Juego

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