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Documento BOE-A-1999-1469

Corrección de erratas de la Orden de 4 de diciembre de 1998 por la que se establece el plazo para que las entidades gestoras del servicio público esencial de televisión ejerzan el derecho que les confiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 2169/1998, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrenal, y se fija el número de programas del canal múltiple definido en el anexo I del citado Plan Técnico, en aplicación de la disposición adicional primera de dicho Real Decreto.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1999, páginas 3102 a 3102 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-1469
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/12/04/(4)/corrigendum/19990122

TEXTO ORIGINAL

Advertida una errata en el texto de la Orden de 4 de diciembre de 1998 por la que se establece el plazo para que las entidades gestoras del servicio público esencial de televisión ejerzan el derecho que les confiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 2169/1998, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrenal, y se fija el número de programas del canal múltiple definido en el anexo I del citado Plan Técnico, en aplicación de la disposición adicional primera de dicho Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 300, de 16 de diciembre de 1998, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 42095, artículo 5, apartado 2, línea quinta, donde dice: «... estará integrado en los...», debe decir:

«... estarán integrados en los...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 22/01/1999
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 4 de diciembre de 1998 (Ref. BOE-A-1998-28999).
Materias
  • Concesiones administrativas
  • Radiotelevisión Española
  • Televisión
  • Televisión digital

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