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Documento BOE-A-1999-15111

Ley 8/1999, de 3 de junio, de concesión de suplemento de crédito destinado a las ayudas financieras a empresas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 1999, páginas 26017 a 26018 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-1999-15111
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/1999/06/03/8

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de concesión de suplemento de crédito destinado a las ayudas financieras a empresas.

PREÁMBULO

El Servicio de Asesoramiento y Promoción Empresarial (SAYPE), integrado en la Dirección Regional de Economía, es uno de los instrumentos de promoción de la Comunidad Autónoma, siendo por ello su principal objetivo contribuir al desarrollo empresarial del Principado de Asturias; para ello gestiona las ayudas financieras a las empresas. Estas ayudas están reguladas en el Decreto 7/1996, de 15 de febrero, por el que se establecen diversos programas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, y en el Decreto 9/1996, de 28 de febrero, de apoyo financiero a las empresas.

Estas ayudas se concretan en las subvenciones al tipo de interés de los préstamos destinados a financiar las inversiones de los empresarios y en subvenciones directas a la inversión y están dotadas en la aplicación presupuestaria 12.03-724D-771.02 «Ayudas financieras a empresas».

El Decreto 80/1998, de 29 de diciembre, por el que se regula la aplicación de la prórroga de los presupuestos generales del Principado de Asturias para 1998 durante el ejercicio 1999, dispone de una dotación de 835.700.000 pesetas en la aplicación 12.03-724D-771.02 «Ayudas financieras a empresas».

Además, se han incorporado remanentes, en la citada aplicación, por importe de 3.300 millones de pesetas; esta dotación se destinará a los compromisos de ejercicios anteriores.

En los ejercicios precedentes se han concedido subvenciones a un total de 1.052 proyectos durante 1997, con una dotación de 3.591 millones de pesetas, y de 1.375 proyectos a lo largo de 1998, con una dotación de 3.560 millones de pesetas.

Artículo 1. Concesión de suplemento de crédito.

Se concede un suplemento de crédito con destino a la concesión de ayudas a empresas en la Comunidad Autónoma, a consignar en la aplicación presupuestaria 12.03-724D-771.02, «Ayudas financieras a empresas», por importe de 1.500.000.000 de pesetas.

Artículo 2. Financiación del suplemento de crédito.

Se autoriza al Consejo de Gobierno a concertar operaciones de crédito a largo plazo o emitir deuda pública por importe de 1.500.000.000 de pesetas, destinadas a la financiación del suplemento de crédito referido en el artículo 1. Esta autorización servirá de justificante al reconocimiento contable de los correspondientes derechos en el presupuesto de ingresos del Principado de Asturias.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.

Oviedo, 3 de junio de 1999.

SERGIO MARQUÉS FERNÁNDEZ,

Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 134, de 11 de junio de 1999)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 03/06/1999
  • Fecha de publicación: 09/07/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/1999
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BOPA núm. 134, de 11 de junio de 1999.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 31.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-634).
Materias
  • Asturias
  • Ayudas
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Empresas

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