Visto el expediente de indulto de don Miguel Planchuelo Herresánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 29 de julio de 1998, como autor de un delito de malversación de caudales públicos y otro de secuestro, a la pena de nueve años y seis meses de prisión y once años de inhabilitación absoluta que produce la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga, aunque sean electivos, y la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, y la de ser elegido para cargo público, durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1983, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 1998,
Vengo en indultar a don Miguel Planchuelo Herresánchez dos tercios de la pena privativa de libertad impuesta, e indultar parcialmente la pena de inhabilitación absoluta, de modo que quede privado definitivamente de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga, aunque sean electivos, e incapacitado para obtenerlos y para ser elegido durante el plazo determinado para tal pena, pero permitiéndole ejercer el empleo o cargo a que por su carrera profesional pudiera tener derecho, aunque sea en cuerpos del Estado u otra entidad pública, excluyendo en todo caso el prestado al servicio o al mando de cualquier clase de cuerpo policial (estatal, autonómico o local), a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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