El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de septiembre del actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 3.446/1999, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 4.3; 8; 15.1, apartados e) y f), y 15.2, apartado h), en relación con los 17; 16.5, último párrafo, y 18, en cuanto al inciso «las graves a los dos años», de la Ley de Castilla-La Mancha 6/1999, de 15 de abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -30 de julio de1999- para las partes del proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 15 de septiembre de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional, CRUZ VILLALÓN
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