El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3.207/1999, planteada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Logroño, en relación con el artículo 1.2 (así como los apartados 1 y 7 del punto primero del anexo) del Decreto 632/1968, de 21 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de Vehículos a Motor, en la redacción dada por la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Madrid, 15 de septiembre de 1999.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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