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Documento BOE-A-2000-13170

Orden de 5 de julio de 2000 por la que se amplía el plazo previsto en la disposición transitoria primera de la Orden de 28 de mayo de 1997 por la que se establece el modelo de Informe Personal de Calificación para el Cuerpo de la Guardia Civil (IPECGUCI) y se aprueban las normas para su cumplimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 2000, páginas 24914 a 24915 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2000-13170
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2000/07/05/(1)

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria primera de la Orden de 28 de mayo de 1997 determina que el Director general de la Guardia Civil fijará un calendario progresivo de aplicación del IPECGUCI al personal de la Escala Básica de Cabos y Guardias de tal manera que alcance a todos los componentes en el plazo máximo de tres años, a contar desde la entrada en vigor de la citada Orden.

Por otra parte, la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, en su artículo 47.4, dispone que los Ministros de Defensa y del Interior, a propuesta del Director general de la Guardia Civil, determinarán conjuntamente el sistema general de los informes personales de calificación, común para todos los Guardias Civiles, y el nivel jerárquico de los jefes directos de los interesados que deben realizarlos.

La citada Ley en su disposición transitoria primera determina, entre otras cosas, que las disposiciones contenidas en la misma sobre historiales profesionales, de los que forman parte los informes personales, serán de plena aplicación en un período máximo de cuatro años a partir de su entrada en vigor.

No habiéndose iniciado hasta el día de la fecha la cumplimentación del IPECGUCI para el personal de la Escala de Cabos y Guardias, se estima necesario ampliar el plazo previsto en la disposición transitoria primera de la Orden de 28 de mayo de 1997 y de esta forma iniciar su confección de acuerdo con los criterios que se determinen en el sistema general de informes a que se refiere el citado artículo 47.4 de la citada Ley.

En su virtud, y a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:

Primero.-El plazo previsto en la disposición transitoria primera de la Orden de 28 de mayo de 1997, por la que se establece el modelo de Informe Personal de Calificación para el Cuerpo de la Guardia Civil (IPECGUCI) y se aprueban las normas para su cumplimentación, se amplía hasta el plazo máximo fijado en la disposición transitoria primera de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 5 de julio de 2000.

RAJOY BREY

Excmos. Sres. Ministros de Defensa y del Interior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/07/2000
  • Fecha de publicación: 12/07/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 13/07/2000
Referencias anteriores
  • AMPLÍA lo indicado de la disposición transitoria 1 de la Orden de 28 de mayo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-12226).
  • CITA Ley 42/1999, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-1999-22670).
Materias
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Formularios administrativos

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