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Documento BOE-A-2000-151

Orden 289/1999, de 24 de diciembre de 1999 por la que se crean los Premios Defensa.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2000, páginas 314 a 315 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2000-151
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/12/24/289

TEXTO ORIGINAL

El mundo de la defensa y su contribución a la paz y seguridad internacionales son en la actualidad objeto de atención por estudiosos e investigadores en general.

Las universidades, institutos, fundaciones, asociaciones y los centros docentes de altos estudios militares son importantes fuentes de pensamiento e investigación en este campo, pero los trabajos que los alumnos elaboran al término de sus estudios de doctorado, fin de carrera o curso de Estado Mayor rara vez superan el ámbito académico en el que fueron concebidos, y permanecen así relegados a foros de análisis muy especializados, lo que hace aconsejable la difusión a la opinión pública de las aportaciones de mayor interés.

Por otra parte, la labor periodística a través de los medios de comunicación social desempeña un papel destacado en la tarea de fomentar el conocimiento y el debate público, por lo que es deseable estimular la elaboración de trabajos relacionados con la defensa, la paz y la seguridad.

Por todo ello, se considera oportuno establecer cauces para, en primer lugar, estimular la investigación en las cuestiones relacionadas con la defensa, la paz y la seguridad y, en segundo término, difundir dichas investigaciones y propiciar su debate público.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Se crean los premios Defensa para trabajos originales sobre cuestiones relacionadas con la defensa, la seguridad, la paz y la historia militar, que hayan sido desarrollados en alguna de las universidades, institutos, fundaciones asociaciones y centros docentes de altos estudios militares españoles, así como para aquellos otros que hayan tenido difusión en prensa, radio y televisión españolas.

Segundo.-Los Premios Defensa abarcarán las áreas siguientes:

1. Trabajos de investigación en universidades, institutos, fundaciones, asociaciones y centros docentes de altos estudios militares.

Se concederá un premio para cada uno de los tipos de trabajos siguientes:

a) Trabajos relacionados con la defensa, la paz y la seguridad.

b) Trabajos de ciencias históricas relacionadas con el ámbito militar.

c) Trabajos de estudio e investigación realizados en los centros docentes de altos estudios militares.

A los dos primeros premios podrán concurrir los autores de las tesis doctorales, tesinas o trabajos de investigación. Al tercer premio podrán optar los autores de las monografías y Memorias confeccionadas durante los cursos seguidos en los señalados centros.

Todos los trabajos que se presenten deberán ir acompañados de dos cartas de referencia de las respectivas autoridades académicas de los centros de origen.

2. Medios de comunicación social.

Se concederá un premio para cada uno de los tipos de trabajos siguientes:

a) Periodismo escrito.

b) Periodismo audiovisual.

A estos premios podrán concurrir los autores de aquellos trabajos sobre temas relacionados con la defensa que hayan tenido difusión en prensa, radio o televisión.

3. Asimismo, se crea un premio extraordinario Defensa para recompensar la labor continuada de una persona o entidad en trabajos o colaboraciones ligadas a la defensa, la paz y la seguridad.

Dicho premio extraordinario no tendrá necesariamente carácter anual y podrá ser adjudicado sin convocatoria.

Tercero.-Los Premios Defensa, excepto el extraordinario, se convocarán anualmente mediante Orden ministerial y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".

Cuarto.-Las bases y las normas particulares para cada uno de los premios, su cuantía y demás requisitos se darán a conocer en las convocatorias que al efecto se publiquen.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 24 de diciembre de 1999.

SERRA REXACH

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/12/1999
  • Fecha de publicación: 05/01/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 06/01/2000
  • Fecha de derogación: 10/01/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden DEF/3760/2003, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-464).
  • CORRECCIÓN de errores BOE núm. 16, de 19 de enero de 2000 (Ref. BOE-A-2000-1117).
Materias
  • Ministerio de Defensa
  • Premios

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