Vista la solicitud de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de autorización para iniciar las enseñanzas aprobadas por el Real Decreto 1414/2000, de 21 de julio, a partir del curso 2001-2002, y teniendo en cuenta los medios materiales y personales con que cuenta la citada Universidad, así como lo establecido en las disposiciones adicionales del citado Real Decreto, Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.- Autorizar la iniciación en la Universidad Nacional de Educación a Distancia de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciado en Filología Inglesa, de la Facultad de Filología ; de Licenciado en Psicopedagogía y de Diplomado en Educación Social, de la Facultad de Educación y de Diplomado en Turismo, de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, con efectos del curso académico 2001-2002, una vez homologados los correspondientes planes de estudios.
Segundo.- Por la Dirección General de Universidades se adoptarán las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.
Madrid, 7 de noviembre de 2000.
DEL CASTILLO VERA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Universidades.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid