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Documento BOE-A-2000-4893

Resolución de 21 de febrero de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de actualizar las tablas salariales del Convenio Colectivo para las Industrias del Frío Industrial.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2000, páginas 10523 a 10524 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4893
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/02/21/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de actualizar las tablas salariales del Convenio Colectivo para las Industrias del Frío Industrial [publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto de 1996 (código de Convenio número 9902255)], que fue suscrita con fecha 17 de enero de 2000, de una parte, por la Asociación de Explotaciones Frigoríficas, Logística y Distribución de España (ALDEFE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Centrales Sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC. OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de febrero de 2000.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, de ámbito estatal, para las empresas de Frío Industrial

En Madrid, siendo las doce treinta horas del día 17 de enero de 2000, reunidos, de una parte, la Federación Sindical de UGT (FIA), la Federación Sindical de CC.OO. (FITEQA), y, en su nombre y representación, las personas que figuran al pie de este escrito, y, de otra parte, la Asociación de Explotaciones Frigoríficas, Logística y Distribución de España (ALDEFE) y, en su nombre y representación, los abajo firmantes, a fin de tratar de la actualización de las tablas salariales del Convenio Colectivo, de ámbito estatal, para las empresas de Frío Industrial, adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.‒Actualizar las tablas salariales en las cuantías que figuran en el correspondiente anexo de la presente acta, de conformidad con el incremento salarial pactado en la disposición adicional tercera del Convenio para las empresas de Frío Industrial, conforme a la revisión del mismo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio de 1999. Dichas tablas salariales tendrán vigor del 1 de enero al 31 de diciembre de 2000.

Segundo.‒Facultar, solidariamente, a uno cualquiera de los comparecientes para que proceda a tramitar la inscripción, registro y publicación del presente acuerdo y las tablas salariales en el «Boletín Oficial del Estado».

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.

ANEXO I
Tabla salarial de 1 de enero a 31 de diciembre de 2000
Categoría

Salario base

Pesetas

Plus Convenio

Pesetas

Total mes

Pesetas

Total anual

Pesetas

Cuatrienio

Pesetas

GRUPO A)          
Técnicos titulados          
Con título superior. 153.716 48.711 202.427 3.036.409 5.572
Con título no superior. 128.712 43.751 172.463 2.586.951 4.701
No titulados          
Técnico de fabricación. 128.712 43.751 172.463 2.586.951 4.701
Jefe de reparto y venta. 118.299 41.228 159.527 2.392.904 4.342
Encargado general. 105.436 39.083 144.519 2.167.783 3.894
Jefe de máquinas. 97.374 37.176 134.550 2.018.246 3.616
Encargado de depósito y sección. 93.118 36.563 129.681 1.945.214 3.469
GRUPO B)          
Administrativos          
Jefe de primera. 114.763 40.656 155.419 2.331.281 4.220
Jefe de segunda. 107.564 39.194 146.757 2.201.362 3.973
Oficial de primera. 96.771 37.141 133.912 2.008.682 3.595
Oficial de segunda. 89.496 35.677 125.173 1.877.595 3.343
Auxiliar. 78.710 33.643 112.352 1.685.285 2.967
GRUPO C)          
Subalternos          
Vigilante de cámara. 78.896 33.651 112.547 1.688.206 2.978
Vigilante. 73.460 33.169 106.629 1.599.431 2.786
Portero. 73.460 33.169 106.629 1.599.431 2.786
Ordenanza. 73.460 33.169 106.629 1.599.431 2.786
GRUPO D)          
Obreros          
Oficios propios de la Industria del Frío:          
Maquinista. 86.504 35.130 121.634 1.824.505 3.239
Ayudante de maquinista. 76.089 33.109 109.197 1.637.960 2.876
Oficios auxiliares:          
Oficial de primera. 88.319 35.422 123.741 1.856.116 3.302
Oficial de segunda. 84.060 34.510 118.570 1.778.549 3.157
Oficial de tercera. 79.713 33.589 113.302 1.699.537 3.002
Peonaje:          
Capataz encargado de operarios. 79.076 33.525 112.600 1.689.005 2.982
Peón especializado. 76.177 33.014 109.191 1.637.868 2.879
Peón. 73.460 33.169 106.629 1.599.431 2.786
Peón manipulador u operario. 73.460 33.169 106.629 1.599.431 2.786
Personal de limpieza:          
Las dos primeras horas, a 373 173  
Las restantes, a 285 118 403
Aprendiz. 66.482 25.460 91.941 1.379.122
Botones 66.482 25.460 91.941 1.379.122
Aspirante administrativo. 66.482 25.460 91.941 1.379.122
Categoría

Salario base

Euros

Plus Convenio

Euros

Total mes

Euros

Total anual

Euros

Cuatrienio

Euros

GRUPO A)          
Técnicos titulados          
Con título superior. 923,85 292,76 1.216,61 18.249,17 33,49
Con título no superior. 773,58 262,95 1.036,52 155´47,86 28,25
No titulados          
Técnico de fabricación. 773,58 262,95 1.036,52 15.547,86 28,25
Jefe de reparto y venta. 710,99 247,79 958,78 14.381,64 26,10
Encargado general. 633,68 234,89 868,58 13.028,66 23,40
Jefe de máquinas. 585,23 223,43 808,66 12.129,93 21,73
Encargado de depósito y sección. 559,65 219,75 779,40 11.690,97 20,85
GRUPO B)          
Administrativos          
Jefe de primera. 689,74 244,35 934,09 14.011,31 25,36
Jefe de segunda. 646,47 235,56 882,03 13.230,51 23,88
Oficial de primera. 581,61 223,22 804,83 12.072,41 21,61
Oficial de segunda. 537,88 214,42 752,31 11.284,58 20,09
Auxiliar. 473,06 202,20 675,26 10.128,84 17,83
GRUPO C)          
Subalternos          
Vigilante de cámara. 474,18 202,25 676,42 10.146,33 17,90
Vigilante. 441,50 199,35 640,85 9.612,80 16,74
Portero. 441,50 199,35 640,85 9.612,80 16,74
Ordenanza. 441,50 199,35 640,85 9.612,80 16,74
GRUPO D)          
Obreros          
Oficios propios de la Industria del Frío:          
Maquinista. 519,90 211,14 731,04 10.965,54 19,47
Ayudante de maquinista. 457,30 198,99 656,29 9.844,40 17,29
Oficios auxiliares:          
Oficial de primera. 530,81 212,89 743,70 11.155,49 19,85
Oficial de segunda. 505,21 207,41 712,62 10.689,30 18,97
Oficial de tercera. 479,09 201,87 680,96 10.214,37 18,04
Peonaje:          
Capataz encargado de operarios. 475,26 201,49 676,75 10.151,18 17,92
Peón especializado. 457,83 198,42 656,25 9.843,77 17,30
Peón. 441,50 199,35 640,85 9.612,80 16,74
Peón manipulador u operario. 441,50 199,35 640,85 9.612,80 16,74
Personal de limpieza:          
Las dos primeras horas, a 2,24 1,04 3,28
Las restantes, a 1,71 0,71 2,42
Aprendiz. 399,57 153,02 552,58 8.288,75
Botones 399,57 153,02 552,58 8.288,75
Aspirante administrativo. 399,57 153,02 552,58 8.288,75

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/02/2000
  • Fecha de publicación: 14/03/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 16 de julio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-19361).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Frío industrial

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