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Documento BOE-A-2000-5438

Corrección de erratas de la Resolución de 3 de enero de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de ámbito nacional de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulado de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2000, páginas 11897 a 11897 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-5438
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/01/03/(1)/corrigendum/20000321

TEXTO ORIGINAL

Advertidas erratas en el texto del Convenio Colectivo de ámbito nacional de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulado de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 3 de enero de 2000, en el «Boletín Oficial del Estado» número 16, de 19 de enero de 2000, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

Página 2520, columna izquierda, artículo 1.2, apartado A), primer párrafo, tercera línea, donde dice: «posimpresión», debe decir: «postimpresión».

Página 2529, columna derecha, artículo 6.1.2, apartado B), Impresión, donde dice: «Maquinistas de Ofsset a dos o más colores», debe decir: «Maquinistas de Offset a dos o más colores».

Página 2531, columna derecha, artículo 6.1.2, apartado C), Manipulados de Papel, Oficios manuales, donde dice: «revisar y cortar papel cartográfico», debe decir: «revisar y cortar papel calcográfico».

Página 2537, columna izquierda, artículo 6.1.3, calificaciones, apartado C), Manipulados de Papel, trabajos complementarios en Fabricantes de bolsas, donde dice: «Recoger e igualar a la salida de máquinas de impresión, de máquinas cortadoras y de máquinas plegadoras-engomadoras», debe decir: «Recoger e igualar las hojas a la salida de máquinas de impresión, de máquinas cortadoras y de máquinas plegadoras-engomadoras».

Página 2545, columna izquierda, artículo 9.4, párrafo primero línea 10, donde dice: «... del salario Convenio...», debe decir: «... del salario de Convenio...».

Página 2547, columna izquierda, artículo 11.2, último párrafo, donde dice: «... y al Comité de Seguridad e Higiene, en su caso.», debe decir: «... y al Comité de Seguridad y Salud, en su caso.».

Página 2549, columna izquierda, anexo I, distribución del módulo salarial, donde dice: «366 días naturales a...», debe decir: «365 días naturales a...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/03/2000
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 3 de enero de 2000 (Ref. BOE-A-2000-1150).
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Editoriales
  • Industria papelera

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