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Documento BOE-A-2000-7601

Sentencia de 28 de diciembre de 1999, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 1997 en cuanto aprueba las tarifas de conducción de las aguas del acueducto Tajo-Segura derivadas a Los Llanos de Albacete y para las que se deriven a la Cuenca Alta del Guadiana o eventualmente fueran autorizadas para utilizar la infraestructura del expresado acueducto con destino a la Marina Baja.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 22 de abril de 2000, páginas 16030 a 16031 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2000-7601

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 621/97, interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 28 de diciembre de 1999, que contiene el siguiente:

FALLO

Que estimando en aparte, como estimamos, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 6 de junio de 1997, aprobatorio de las tarifas de conducción de las aguas del Acueducto Tajo-Segura, debemos declarar y declaramos dicho acuerdo no ajustado a Derecho en cuanto aprobó las tarifas para las aguas derivadas a Los Llanos de Albacete y para la de las que deriven a la Cuenca Alta del Guadiana o eventualmente fueran autorizadas para utilizar la infraestructura del acueducto Tajo-Segura con destino a la Marina Baja, y ajustado a Derecho en la parte correspondiente a la no utilización del último índice de revisión para las tarifas de las aguas trasvasadas y de las propias de la Cuenca del Segura, y en tal medida lo anulamos. Todo ello sin hacer especial condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Colección que edita el Consejo General del Poder Judicial, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Presidente: Excmo. Sr. don Emilio Pujalte Clariana.

-Magistrados: Excmos. Sres. don Pascual Sala Sánchez, don Jaime Rouanet Moscardó, don Ramón Rodríguez Arribas, don José Mateo Díaz y don Alfonso Gota Losada.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 28/12/1999
  • Fecha de publicación: 22/04/2000
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad de las tarifas publicadas por Resolución de 16 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-17458).
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Acueducto Tajo-Segura
  • Precios
  • Tarifas

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