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Documento BOE-A-2000-7605

Sentencia de 24 de febrero de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan los artículos 16.2.c), 155, párrafo cuarto, y 355.2, inciso final, del Reglamento Hipotecario, modificados por Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre, y la disposición adicional única de éste.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2000, páginas 16036 a 16036 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2000-7605

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 526/98, interpuesto por don José Luis Carvajal García-Pando y otros, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 24 de febrero de 2000, que contiene el siguiente

FALLO

"Que debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Luis Carvajal García-Pando, don Fernando Rodríguez Prieto, don Luis Rueda Esteban y don José María Moutas Cimadevilla, contra el Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre, y debemos anular y anulamos los artículos 16.2.c), 155, párrafo cuarto, y 355.2, inciso final, en cuanto dice ``dicho informe será vinculante tan sólo para el Registrador que lo hubiere realizado'', y la disposición adicional única del mismo. Sin costas.

Publíquese en el ``Boletín Oficial del Estado'' el presente fallo y los preceptos anulados a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa." Así por nuestra sentencia firme lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Presidente: Excmo. Sr. don Francisco José Hernando Santiago.-Magistrados:

Excmos. Sres. don Pedro Antonio Mateos García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Jesús Ernesto Peces Morate, don Francisco González Navarro, don José Manuel Sieira Míguez y don Enrique Lecumberri Martí.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 24/02/2000
  • Fecha de publicación: 24/04/2000
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • la nulidad de los arts. 16.2.c), 155, párrafo cuarto y 355.2, inciso final del Reglamento Hipotecario aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947 (GAZETA) en la redacción dada por el art. 1, y de la disposición adicional única del Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre (Ref. BOE-A-1947-3843) y (Ref. BOE-A-1998-22517).
    • la nulidad de lo indicado de los arts. 12, 81 y la sección 5 del capítulo IX del título II del Reglamento aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, en la redacción dada por la disposición adicional única del REAL DECRETO 1867/1998, de 4 de septiembre (Ref. BOE-A-1996-17533).
Materias
  • Cuerpo de Registradores de la Propiedad
  • Hipoteca
  • Registro Mercantil
  • Registros de la Propiedad

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