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Documento BOE-A-2001-15013

Resolución de 11 de julio de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Pastas, Papel y Cartón al III Acuerdo Nacional de Formación Continua, así como la constitución y aprobación del Reglamento de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2001, páginas 28373 a 28374 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-15013
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/07/11/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Pastas, Papel y Cartón al III Acuerdo Nacional de Formación Continua (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del 23), así como la constitución y aprobación del Reglamento de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector, que fue suscrito con fecha 25 de junio de 2001 de una parte por la Asociación Nacional de Fabricantes de Pastas, Papel y Cartón (ASPAPEL) en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación de Comunicación y Transporte de CC.OO. y la Federación de Industrias Afines de la UGT en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 11 de julio de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE PASTAS, PAPEL Y CARTÓN PARA LA ADHESIÓN AL III ANFC Y CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE EMPRESAS DE PASTAS, PAPEL Y CARTÓN

Asistentes:

Por la parte empresarial:

Asociación Nacional de Fabricantes de Pastas, Papel y Cartón (ASPAPEL), don Adeodato Hernández Sánchez.

Por la parte sindical:

Federación de Comunicación y Transporte de Comisiones Obreras (FCT-CC.OO.), don Máximo Benito García.

Federación de Industrias Afines de la Unión General de Trabajadores (FIA-UGT), doña Teresa Ruiz Fernández.

Reunida en Madrid, a 25 de junio de 2001, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Pastas, Papel y Cartón compuesta por las siguientes organizaciones:

Por la parte empresarial:

Asociación Nacional de Fabricantes de Pastas, Papel y Cartón (ASPAPEL).

Por la parte sindical:

Federación de Comunicación y Transporte de Comisiones Obreras (FCT-CC.OO.).

Han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad:

Primero.-Adherirse al III Acuerdo Nacional de Formación Continua firmado el 19 de diciembre de 2000 y publicado por Resolución de 2 de febrero de 2001, de la Dirección General de Trabajo y Asuntos Sociales en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de febrero de 2001.

Segundo.-Constituir conforme a lo establecido en el III Acuerdo Nacional de Formación Continua la Comisión Paritaria Sectorial de Pastas, Papel y Cartón compuesta por seis miembros por la representación sindical y seis por la representación empresarial, con las funciones y facultades que dicho acuerdo les atribuye en su artículo 18.

Tercero.-Aprobar el Reglamento de funcionamiento de esta Comisión Paritaria.

Cuarto.-Los presentes acuerdos entrarán en vigor el día siguiente al de su firma.

Quinto.-Remitir los acuerdos de la presente acta a la autoridad laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/07/2001
  • Fecha de publicación: 01/08/2001
  • Efectos : desde el 26 de junio de 2001.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 83.3 y 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con:
    • el Convenio publicado por Resolución de 10 de agosto de 1998 (Ref. BOE-A-1998-20705).
    • el Acuerdo publicado por Resolución de 4 de diciembre de 1997 (Ref. BOE-A-1998-2030).
  • ADHESIÓN al Acuerdo publicado por Resolución de 2 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-3762).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Formación profesional
  • Industria papelera

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