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Documento BOE-A-2001-17501

Enmiendas al anejo I, apéndice 4 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP), hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970 (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario general de las Naciones Unidas el 27 de julio de 1999 y 11 de febrero de 2000, respectivamente.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 15 de septiembre de 2001, páginas 34749 a 34750 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-17501
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2001/09/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

Anexo 1, Apéndice 4 al ATP

El anexo 1, apéndice 4, párrafo 1, quedará redactado como sigue:

"Las marcas de identificación prescritas en el párrafo 5 del apéndice 1 del presente anexo estarán formadas por las letras mayúsculas en caracteres latinos, de color azul marino sobre fondo blanco. La altura de las letras deberá ser de, al menos, 100 mm para las marcas de identificación y, al menos, 50 mm para las fechas de expiración.

Las marcas de clasificación y de la fecha de expiración deberán, al menos, estar fijadas externamente a ambos lados en las esquinas superiores del vehículo cerca de la parte delantera.

Las marcas serán las siguientes:"

Segunda propuesta:

Enmiendas al anejo 1, apéndice 4

El penúltimo párrafo del anejo 1, apéndice 4 del ATP, quedará enmendado como sigue:

"Si el equipo está dotado con un dispositivo térmico amovible o no autónomo y si existen condiciones especiales para la utilización del dispositivo térmico, la sigla o siglas de identificación se completarán con la letra x en los casos siguientes.

1. Para equipo refrigerado:

Cuando las placas eutécticas deban colocarse en otra cámara para su congelación.

2. Para equipo refrigerado mecánicamente:

2.1 Cuando el compresor esté alimentado por el motor del vehículo.

2.2 Cuando la propia unidad de refrigeración o una parte sea amovible, lo que impediría su funcionamiento."

Las presentes Enmiendas entraron en vigor el 11 de febrero de 2001 (la referida al anejo I, apéndice 4, párrafo 1) y el 27 de abril de 2001 (la referida al penúltimo párrafo del anejo I, apéndice 4).

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 3 de septiembre de 2001.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 03/09/2001
  • Fecha de publicación: 15/09/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 27/04/2001
  • Entrada en vigor: 11 de febrero y 27 de abril de 2001, según los casos.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 3 de septiembre de 2001.
Referencias anteriores
  • ENMIENDAS al anejo 1 del Acuerdo de 1 de septiembre de 1970 (ATP) (Ref. BOE-A-1976-23637).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Frigoríficos
  • Mercancías
  • Transportes internacionales
  • Transportes terrestres
  • Vehículos de motor

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