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Documento BOE-A-2001-20262

Resolución de 10 de octubre de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de ámbito estatal de Gestorías Administrativas.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2001, páginas 39636 a 39636 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-20262
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/10/10/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de ámbito estatal de Gestorías Administrativas (código de Convenio número 9902385), que fue suscrita con fecha 23 de abril de 2001, de una parte, por la Asociación Profesional Nacional de Gestores Administrativos, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de octubre de 2001.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Tabla salarial para el año 2001

Categorías Salario anual Salario mensual 14 pagas
Titulado grado superior. 2.418.752 172.768
Titulado grado medio. 2.298.044 164.146
Jefe. 1.933.946 138.139
Oficial de primera. 1.751.036 125.074
Oficial de segunda. 1.601.096 114.364
Auxiliar administrativo. 1.392.300 99.450
Aspirante. 1.111.824 79.416
Ordenanza. 1.360.142 97.153
Personal Limpieza. 1.178.828 84.202
Contratos formativos. 1.009.680 72.120

La presente tabla ha sido calculada incrementando el 4 por 100 los salarios vigentes en el año 2000.

El salario de los contratos formativos está calculado de manera única para el año a que se contrae la tabla, con independencia del período de duración en que se encuentre cada contrato.

Las diferencias salariales que procedan por aplicación de la anterior tabla serán satisfechas a los trabajadores en el plazo máximo de treinta días, a contar desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente revisión salarial.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/10/2001
  • Fecha de publicación: 30/10/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 Y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 28 de mayo de 1996 (Ref. BOE-A-1996-14246).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Gestorías administrativas
  • Profesiones tituladas

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