Instruido en esta Dirección General expediente de homologación de dicho laboratorio con arreglo a lo preceptuado en el artículo 4.o, 4, de la Orden de 31 de octubre de 1984, por la que se aprueba el Reglamento sobre Trabajo con Riesgo de Amianto («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre), y Resolución de este centro directivo de 8 de septiembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre), sobre tramitación de soluciones de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto, se ha dictado Resolución en cuya parte dispositiva se establece lo siguiente:
1. Homologar el laboratorio Centro de Seguridad y Salud en el trabajo (Gobierno de Cantabria), con domicilio en la avenida del Faro, número 33, de Santander, como laboratorio especializado en la determinación de fibras de amianto para su aplicación a la higiene industrial, con la contraseña de homologación: MT-HLA número 18. La validez de esta acreditación se entenderá con carácter indefinido mientras se mantengan los requisitos establecidos en el anexo de la Resolución de este Centro directivo de 8 de septiembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre), sobre tramitación de solicitudes de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el punto cuarto de la Resolución de esta Dirección General de 8 de septiembre de 1987.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el apartado cuarto de la Resolución citada sobre tramitación de solicitudes de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto.
Madrid, 19 de enero de 2001.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
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