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Documento BOE-A-2001-3493

Orden de 15 de febrero de 2001 por la que se modifica la relación de bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico aéreo civil contenida en el Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, sobre régimen de uso de los aeródromos utilizados conjuntamente por una base aérea y un aeropuerto y de las bases aéreas abiertas al tráfico civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2001, páginas 6576 a 6576 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2001-3493
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/02/15/(1)

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de la firma reciente del "Protocolo de Intenciones entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Fomento estableciendo las bases para la regulación, utilización y apertura al tráfico civil de las bases de San Javier y Albacete" se hace preciso modificar la relación de bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico aéreo civil contenida en el artículo 1, apartado 1, del Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, sobre régimen de uso de los aeródromos utilizados conjuntamente por una base aérea y un aeropuerto y de las bases aéreas abiertas al tráfico civil, al objeto de incluir en el mencionado artículo y apartado la Base Aérea de Albacete.

El Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, en su disposición final segunda faculta a los Ministros de Defensa y de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente (hoy Fomento) para modificar mediante Orden conjunta, debatida y preparada en el seno de la Comisión Interministerial de Defensa y Transportes (CIDETRA), la relación y clasificación contenida en su artículo 1.

El Pleno de la Comisión de CIDETRA 04/00, de fecha 21 de noviembre de 2000, acuerda incluir en la antedicha relación de bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico aéreo civil, a la Base Aérea de Albacete.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y de Fomento, dispongo:

Artículo único.

Se modifica la relación de bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico aéreo civil contenida en el artículo 1, apartado 1, del Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, sobre régimen de uso de los aeródromos utilizados conjuntamente por una base aérea y un aeropuerto y de las bases aéreas abiertas al tráfico civil, quedando redactado como sigue:

"Son bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico aéreo civil los de: Talavera la Real (Badajoz), Matacán (Salamanca), San Javier (Murcia), Villanubla (Valladolid), León y Albacete."

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 15 de febrero de 2001.

RAJOY BREY

Excmos. Sres. Ministros de Defensa y de Fomento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/02/2001
  • Fecha de publicación: 21/02/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 22/02/2001
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1.1 del Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio (Ref. BOE-A-1995-17961).
Materias
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Bases aéreas
  • Ministerio de Defensa
  • Ministerio de Fomento

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