Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-8246

Resolución de 25 de abril de 2001, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta de gas natural para usos industriales.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2001, páginas 15478 a 15479 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-8246
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/04/25/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Industria y Energía de 30 de septiembre de 1999, por la que se actualizan los parámetros del sistema de precios máximos de los suministros de gas natural para usos industriales, establece en su anejo I las estructuras de tarifas y precios de gas natural para suministros al mercado industrial, definiendo los precios máximos para los suministros de gas natural a usuarios industriales en función de los costes de referencia de sus energías alternativas.

La Orden del Ministerio de Industria y Energía de 13 de abril de 2000 modifica la Orden anterior de 30 de septiembre de 1999 en su anejo II. En cumplimiento de la misma y de lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden de 30 de septiembre de 1999, y con el fin de hacer públicos los nuevos precios de gas natural para usuarios industriales, Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Desde las cero horas del día 1 de mayo de 2001, los precios máximos de venta aplicables a los suministros de gas natural para usos industriales según modalidades de suministro, excluidos impuestos, serán los que se indican a continuación:

1. Tarifas industriales para suministros de gas natural por canalización de carácter firme:

(VER IMÁGENES, PÁGINAS 15478 A 15479)

1.1 Tarifa general (G):

En pesetas:

TABLAS

(VER IMÁGENES, PÁGINAS 15478 A 15479)

Término fijo Término energía F3

Abono F1 Pesetas/mes

Factor de utilización F2 Pesetas/(Nm3/día) mes (*)

Tarifa general

Pesetas/termia

21.700 70,1 2,9027

(*) Para un poder calorífico (P.C.S.) de 10 Te/Nm3

En euros:

Término fijo Término energía F3

Abono F1 cents/mes

Factor de utilización F2 cents/(Nm3/día) mes (*)

Tarifa general

cents/termia

13.042,0 42,13 1,74456

(*) Para un poder calorífico (P.C.S.) de 10 Te/Nm3

1.2 Tarifas plantas satélites (PS):

Tarifas industriales para suministros de gas natural licuado (GNL) efectuados a partir de plantas terminales de recepción, almacenamiento y regasificación de G.N.L.

Tarifa PS. Precio del GNL:

En pesetas: 3,5565 pesetas/termia.

En euros: 2,13747 cents/termia.

2. Tarifas industriales para suministros de gas natural por canalización, de carácter interrumpible:

Tarifa I. Precio del gas:

En pesetas: 3,1321 pesetas/termia.

En euros: 1,88243 cents/termia.

Segundo.-Las facturaciones de los consumos correspondientes a los suministros de gas natural por canalización medidos por contador, relativas al período que incluya la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, o, en su caso, de otras resoluciones anteriores o posteriores relativas al mismo período de facturación, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas, aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios que corresponden a las distintas resoluciones aplicables.

Tercero.-Las empresas distribuidoras de gas natural para usos industriales adoptarán las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de proceder a la correcta aplicación de los precios de gas natural a que se refiere la presente Resolución.

Cuarto.-Los precios para los suministros de gas natural licuado señalados en la presente Resolución se aplicarán a los suministros pendientes de ejecución el día de su entrada en vigor, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. A estos efectos, se entiende como suministros pendientes de ejecución, aquellos que no se hayan realizado a las cero horas del día de entrada en vigor de la presente Resolución.

Madrid, 25 de abril de 2001.-La Directora general, Carmen Becerril Martínez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/04/2001
  • Fecha de publicación: 28/04/2001
  • Efectos desde el 1 de mayo de 2001.
Referencias anteriores
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Gas
  • Precios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid