El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por última vez, por la Resolución de 11 de diciembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 24) y modificado parcialmente por la Resolución de 17 de enero de 2002 («Boletín Oficial del Estado» del 25), Resolución de 22 de marzo de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de abril), Resolución de 25 de abril de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), Resolución de 31 de mayo de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de junio), y la última vez por Resolución de 25 de junio de 2002 («Boletín Oficial del Estado» del 29). Habiéndose producido la publicación de diferente normativa comunitaria que supone una variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos, sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 1 de agosto de 2002.
Incluir como anexo B los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de agosto de 2002.
Actualizar la relación de Códigos Adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir del 1 de agosto de 2002.
Incluir como anexo D los Códigos Adicionales que se suprimen a partir del 1 de agosto de 2002.
La presente actualización será aplicable desde el 1 de agosto de 2002.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de julio de 2002.–El Director del Departamento, Nicolás Bonilla Penvela.
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