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Documento BOE-A-2002-23635

Resolución de 19 de noviembre de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la actualización de las tablas salariales para el año 2002 del Convenio Colectivo Estatal de empresas de Entrega Domiciliaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2002, páginas 42405 a 42406 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-23635
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/11/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido correspondiente a la actualización de las tablas salariales para el año 2002 del Convenio Colectivo Estatal de empresas de Entrega Domiciliaria (código de Convenio número 9908665), que fue suscrito con fecha 30 de octubre de 2002, de una parte, por la asociación empresarial Asemple, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.‒Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.‒Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de noviembre de 2002.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Tabla salarial 2002 —revisada IPC— (euros)

Actualizada según el artículo 22 del VI Convenio Colectivo 2001-2002

Convenio Colectivo Estatal de empresas de Entrega Domiciliaria

 

Importe mensual/14 pagas

* Mensualidad y pagas extras

Importe anual

Euros

 Salario base:    
Técnico. 796,05 11.144,70
Oficial administrativo. 557,24 7.801,36
Administrativo. 557,24 7.801,36
Aspirante Adm. SMI SMI
Repartidor. 557,24 7.801,36
Clasificador. 557,24 7.801,36
Rep. clasificador. 557,24 7.801,36
Aspirante operativo. SMI SMI
 Plus de zona de aspirantes:    
5.000 a 50.000. 3,26 45,64
50.001 a 100.000. 3,48 48,72
100.001 a 300.000. 7,95 111,30
300.001 a 600.000. 23,88 334,32
600.001 a 900.000. 39,80 557,20
900.001 a 1.400.000. 71,64 1.002,96
1.400.001 en adelante. 149,64 2.094,96
 Plus de zona resto:    
5.000 a 50.000. 3,26 45,64
50.001 a 100.000. 6,95 97,30
100.001 a 300.000. 31,84 445,76
300.001 a 600.000. 63,69 891,66
60.001 a 900.000. 95,45 1.336,30
900.001 a 1.400.000. 159,21 2.228,94
1.400.001 en adelante. 318,42 4.457,88
 Antigüedad:    
Bienio. 15,38  
Quinquenio. 30,76  
 Retribuciones que no devengan pagas extras:    
Plus de transporte.   310,46
Plus eventualidad (c.t.). 10  
Horas extras (mínimo) hora. 5,23  

Tabla de valoración de horas extraordinarias (valores mínimos)

 

Categorías

Número de habitantes

Desde 5.000

hasta 50.000

Desde 50.001

hasta 100.000

Desde 100.001

hasta 300.000

Desde 300.001

hasta 600.000

Desde 600.001

hasta 900.000

Desde 900.001

hasta 1.400.000

Desde 1.400.001

en adelante

Técnico. 6,46 6,49 6,70 6,95 7,20 7,69 8,95
Oficial administrativo. 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Administrativo. 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Repartidor. 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Clasificador. 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07
Repart. Clasificador. 5,23 5,23 5,23 5,23 5,31 5,81 7,07

Firmando de conformidad en Madrid, 30 de octubre de 2002.

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/11/2002
  • Fecha de publicación: 04/12/2002
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de noviembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-22329).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Correspondencia
  • Entrega domiciliaria
  • Prensa
  • Propaganda

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