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Documento BOE-A-2002-6088

Resolución de 28 de febrero de 2002, de la Universidad de Santiago de Compostela, que rectifica la de 28 de mayo de 1999, por la que se publica el plan de estudios de Licenciado en Periodismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2002, páginas 12378 a 12378 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-6088

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el plan de estudios de Licenciado en Periodismo («Boletín Oficial del Estado» de 16 de junio de 1999), una vez subsanados los errores y posteriormente diligenciadas la hoja de corrección por el Consejo de Universidades.

Este Rectorado ha resuelto lo siguiente:

Publicar la corrección correspondiente del plan de estudios de Licenciado en Periodismo (página 23158 del «Boletín Oficial del Estado» número 143, de 16 de junio de 1999), que queda estructurada como figura en el anexo a la presente Resolución.

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2002.–El Rector, Francisco Darío Villanueva Prieto.

ANEXO

Periodismo individual:

Optativa vinculada, de obligada realización para seguir la especialidad:

Programación y audiencias en radio y televisión.

Optativas específicas entre las que el alumno deberá superar, como mínimo, 24 créditos:

Teoría y análisis de la televisión.

Teoría y técnica de las retransmisiones.

Radio digital.

Guión audiovisual.

Producción y difusión audiovisual.

Fotoperiodismo e imagen documental:

Optativa vinculada, de obligada realización para seguir la especialidad:

Foto y tecnología digital.

Optativas específicas entre las que el alumno deberá superar, como mínimo, 24 créditos:

Tendencias fotográficas.

Documentalismo fotográfico y cinematográfico.

Guión audiovisual.

Historia de la fotografía.

Taller de técnicas y expresividad fotográfica/cinematográfica.

Los restantes créditos optativos se podrán completar con materias de otra especialidad, de la misma o materias comunes a las tres especialidades.

3.b) La Universidad, tras la consulta con el centro, dictará las resoluciones necesarias para el desarrollo del plan de estudios, de forma especial, en lo referente a las posibles adaptaciones no previstas.

3.c) En el caso de que un alumno no tenga necesidad de computar la totalidad de los créditos de una determinada materia optativa para completar la optatividad estipulada en el plan de estudios, podrá computar ese exceso como créditos de libre elección.

3.d) Las prácticas en empresa corresponden a créditos de libre configuración u optativos no vinculados a ninguna especialidad. En ningún caso podrán sustituir a créditos correspondientes a materias optativas de especialidad.

3.e) Podrán reconocerse hasta 75 créditos por estudios realizados en el marco de Convenios suscritos con otras universidades.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/2002
  • Fecha de publicación: 27/03/2002
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCION de erratas en BOE núm. 85, de 9 de abril de 2002 (Ref. BOE-A-2002-6784).
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 28 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13405).
Materias
  • Periodismo
  • Planes de estudios
  • Universidad de Santiago de Compostela

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