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Documento BOE-A-2002-6457

Resolución de 14 de marzo de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2002, páginas 12964 a 12965 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-6457
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/03/14/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales, (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de marzo de 2001) (Código de Convenio número 9902415), que fue suscrito con fecha 24 de enero de 2002, de una parte, por las asociaciones empresariales ASEPRHU y APPE en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales UGT Y CC. OO., en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de marzo de 2002.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales, celebrada el día 24 de enero de 2002

Asistentes:

Por UGT:

Don Sebastián Serena.

Don Antonio Cueva.

Por CC. OO.:

Don Ramón Cantarero.

Don Carlos González.

Por ASEPRHU: Doña María del Mar Fernández.

Por APPE: Don Ángel Martín.

En Madrid, siendo las catorce horas del día 24 de enero de 2002, se reúne en la sede del SIMA, calle San Bernardo, número 20, la Comisión Negociadora del Convenio para la Industria de Granjas Avícolas y Otros Animales, con la asistencia de los señores anteriormente relacionados, componentes de la Comisión Negociadora, al objeto de proceder a la actualización de las tablas salariales, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio firmado por las partes el día 16 de octubre de 2000.

Tras las oportunas comprobaciones y cálculos, se confeccionan las tablas salariales y las actualizaciones en los conceptos retributivos que figuran en el anexo I, que consta de cuatro páginas (tabla salarial definitiva del año 2001, –revisión al 3’2 por 100 sobre las definitivas del 2000–, y tabla salarial provisional del año 2002, –revisión al 2,5 por 100 sobre las definitivas del 2001–,), las cuales fueron aprobadas por unanimidad y firmadas, selladas y rubricadas por los asistentes.

Se acuerda presentar estos documentos oficialmente al Ministerio de Trabajo en los términos del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», facultando por unanimidad a don Ángel Martín Ruiz, con documento nacional de identidad número 50.141.977, para que realice cuantos actos sean necesarios para ello.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, y de ella este acta, que leída por los presentes fue aprobada por unanimidad y firmada, rubricada y sellada en el lugar y fecha de su encabezamiento.

ANEXO I

Tabla salarial definitiva año 2001 (con revisión 2,5 por 100 a 3,2 por 100)

  Mensual total Anual total
Pesetas Euros Pesetas Euros
Técnicos        
Titulados superiores. 158.235 951,012 2.373.525 14.265,173
Titulados medios. 140.889 846,760 2.113.335 12.701,399
No titulados y diplomados. 115.835 696,182 1.737.525 10.442,736
Administrativos        
Jefe de primera. 115.851 696,279 1.737.765 10.444,178
Jefe de segunda. 108.291 650,842 1.624.365 9.762,630
Oficial de primera. 101.186 608,140 1.517.790 9.122,102
Oficial de segunda. 95.006 570,998 1.425.090 8.564,963
Auxiliar. 90.279 542,588 1.354.185 8.138,816
Aspirante hasta dieciocho años. 72.369 434,946 1.085.535 6.524,197
Subalternos        
Almacenista. 90.279 542,588 1.354.185 8.138,816
Vigilante. 90.279 542,588 1.354.185 8.138,816
Conserje. 90.279 542,588 1.354.185 8.138,816
Portero. 90.279 542,588 1.354.185 8.138,816
Botones. 72.369 434,946 1.085.535 6.524,197
Personal limpieza (día). 3.005 18,060 1.367.275 8.217,488
Personal limpieza (hora). 471 2,831    
Ordenanza. 90.279 542,588 1.354.185 8.138,816
Día        
Comercial        
Vendedor. 3.345 20,104 1.521.975 9.147,254
Ayudante. 3.177 19,094 1.445.535 8.687,840
Repartidor. 3.009 18,084 1.369.095 8.228,427
Obreros        
Encargado. 3.700 22,237 1.683.500 10.118,039
Oficial. 3.288 19,761 1.496.040 8.991,381
Especialista. 3.121 18,758 1.420.055 8.534,702
Ayudante. 3.025 18,181 1.376.375 8.272,180
Aprendiz de primera y de segunda. 2.343 14,082 1.066.065 6.407,180
Varios        
Oficial de primera. 3.345 20,104 1.521.975 9.147,254
Oficial de segunda. 3.208 19,280 1.459.640 8.772,613
Conductor. 3.345 20,104 1.521.975 9.147,254
Plus de asistencia, abonable por día efectivo de trabajo para todas las categorías. 485 2,915 132.405 795,770

Tabla salarial definitiva año 2001 (con revisión 2,5 por 100 a 3,2 por 100)

Accidente no laboral:

Muerte: 1.877.389 pesetas. 11.283,335 euros.

Invalidez: 1.832.194 pesetas. 11.011,708 euros.

Accidente laboral:

Muerte: 2.503.996 pesetas. 15.049,319 euros.

Invalidez: 2.503.996 pesetas. 15.049,319 euros.

Dietas:

Desayuno: 460 pesetas. 2,765 euros.

Comida: 1.533 pesetas. 9,214 euros.

Cena: 1.533 pesetas. 9,214 euros.

Dormir: 3.369 pesetas. 20,248 euros.

Subvención por jubilación o fallecimiento: 9.115 pesetas/año antigüedad. 54,782 euros/año antigüedad.

Quebranto de moneda:

Cajero: 3.059 pesetas/mes. 18,385 euros/mes.

Auxiliar de caja: 2.186 pesetas/mes. 13,138 euros/mes.

ANEXO II

Tabla salarial provisional año 2002 (2 por 100 + 0,5 por 100 = 2,5 por 100)

  Mensual Anual
Euros Euros
Técnicos    
Titulados superiores. 974,79 14.621,85
Titulados medios. 867,93 13.018,95
No titulados y diplomados. 713,59 10.703,85
Administrativos    
Jefe de primera. 713,69 10.705,35
Jefe de segunda. 667,11 10.006,65
Oficial de primera. 623,34 9.350,10
Oficial de segunda. 585,27 8.779,05
Auxiliar. 556,15 8.342,25
Aspirante hasta dieciocho años. 445,82 6.687,30
Subalternos    
Almacenista. 556,15 8.342,25
Vigilante. 556,15 8.342,25
Conserje. 556,15 8.342,25
Portero. 556,15 8.342,25
Botones. 445,82 6.687,30
Personal limpieza (día). 18,51 8.422,05
Personal limpieza (hora). 2,90
Ordenanza. 556,15 8.342,25
Día    
Comercial    
Vendedor. 20,61 9.377,55
Ayudante. 19,57 8.904,35
Repartidor. 18,54 8.435,70
Obreros    
Encargado. 22,79 10.369,45
Oficial. 20,26 9.218,30
Especialista. 19,23 8.749,65
Ayudante. 18,64 8.481,20
Aprendiz de primera y de segunda. 14,43 6.565,65
Varios    
Oficial de primera. 20,61 9.377,55
Oficial de segunda. 19,76 8.990,80
Conductor. 20,61 9.377,55
Plus de asistencia, abonable por día efectivo de trabajo para todas las categorías . 2,99 816,27

Tabla salarial provisional año 2002 (2 por 100 + 0,5 por 100 = 2,5 por 100)

Accidente no laboral:

Muerte: 11.565,420 euros.

Invalidez: 11.287,001 euros.

Accidente laboral:

Muerte: 15.425,553 euros.

Invalidez: 15.425,553 euros.

Dietas:

Desayuno: 2,837 euros.

Comida: 9,442 euros.

Cena: 9,442 euros.

Dormir: 20,753 euros.

Subvención por jubilación o fallecimiento (euros/año antigüedad): 56,153.

Quebranto de moneda:

Cajero: 18,842 euros/mes.

Auxiliar de caja: 13,469 euros/mes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/03/2002
  • Fecha de publicación: 04/04/2002
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-4161).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Granjas avícolas

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