Advertidos errores en la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de fecha 18 de febrero de 2000, conforme lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se transcriben en el anexo que se adjunta las rectificaciones oportunas.
La Laguna, 19 de marzo de 2002.─El Rector, José S. Gómez Soliño.
Página 7523, Asignatura «Iniciación deportiva escolar»:
Descripción del contenido, donde dice: «Aplicaciones informáticas a la estadística. Hojas de cálculo o paquetes estadísticos. Construcción, análisis e interpretación de tablas y gráficas. Estadísticas sociales. Estadística en educación», debe decir: «La construcción sociocultural del deporte. La dimensión educativa del deporte. La estructura y la acción de juego de los juegos deportivos. La iniciación deportiva en el contexto escolar. Análisis y tratamiento de los contenidos deportivos».
Área de conocimiento, donde dice: «Didáctica de las Matemáticas», debe decir: «Didáctica de la Expresión Corporal».
Página 7525:
Punto 15, párrafo primero, donde dice: «Se adaptarán...», debe decir: «Se convalidarán/adaptarán todas las asignaturas de igual denominación y contenidos...».
Punto 15, Plan 99, Asignaturas troncales comunes, donde dice: «Psicología de la educación y el desarrollo», debe decir: «Psicología de la educación y el desarrollo en la edad escolar».
Punto 15, Asignaturas optativas, eliminar la primera línea completa en la que dice: Plan 92, «Técnicas alternativas y de experimentación: Línea, Color, Volumen» y Plan 99, «Principios de la configuración plástica y visual».
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